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Salud aprueba la mejora de la retribución por incapacidad laboral a todos los profesionales que hacen guardias

Salud aprueba la mejora de la retribución por incapacidad laboral a todos los profesionales que hacen guardias

Actualizado el 18/11/2025 17:35                Compartir

La Mesa Sectorial de Sanidad ha aprobado por mayoría la mejora voluntaria durante las situaciones de incapacidad laboral derivada de contingencias comunes, de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Se trata de una reivindicación histórica, cuya consecución tendrá efecto desde el 1 de junio de 2025.

Así, durante la situación de incapacidad temporal por contingencias comunes, de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los profesionales percibirán un complemento a la prestación económica del 100 % de las retribuciones que percibieran antes de estas situaciones, que incluirá el promedio de lo que percibieran durante los seis meses anteriores por el concepto retributivo de atención continuada por la realización de guardias. Este acuerdo afectará también a los profesionales que están realizando la residencia y a los mayores de 55 años.

Con la finalidad de completar la acción protectora de la Seguridad Social y a los efectos de evitar perjuicios económicos para los profesionales durante las situaciones de incapacidad temporal, el Servicio de Salud considera que es necesario mejorar las condiciones retributivas de aquellos profesionales que realizan jornada complementaria (guardias).

El Servicio de Salud estima que esta medida tendrá un coste de 1, 1 millones de euros durante 2025 y beneficiará a los profesionales de las categorías siguientes: enfermero/enfermera, facultativo/facultativa, fisioterapeuta, enfermero obstetricoginecológico / enfermera obstetricoginecológica (matrón/matrona), residente de enfermería, residente de medicina, residente de psicología, enfermero/enfermera de salud mental, técnico/técnica especialista.

Además, la Mesa Sectorial de Sanidad ha aprobado un nuevo régimen de organización y funcionamiento operativo de los equipos responsables del transporte sanitario aéreo dependientes de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 de las Islas Baleares (SAMU 061), de aplicación al personal médico y enfermero adscrito al SAMU 061 que forme parte de los equipos de vuelo responsables del transporte sanitario aéreo dependiente del SAMU 061 y que, de manera efectiva, participe como miembro de la dotación que lleve a cabo los desplazamientos mencionados, con las peculiaridades aplicables al personal del SAMU 061 que presta sus servicios en la Unidad de Transporte Pediátrico (UTPB).


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