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Inician diligencias previas ante la exhibición de banderas franquistas en Sa Pobla

Inician diligencias previas ante la exhibición de banderas franquistas en Sa Pobla

Actualizado el 27/04/2020 16:24                Compartir

La Secretaría Autonómica de Memoria Democrática y Buen Gobierno, adscrita a la Conselleria de Administraciones Públicas y Modernización, ha iniciado hoy diligencias previas a la apertura de un expediente sancionador contra la exhibición de dos banderas franquistas este sábado por la tarde en Sa Pobla, a la espera de analizar la información que se ha solicitado al Ayuntamiento de Sa Pobla.

Esta mañana el secretario autonómico de Memoria Democrática y Buen Gobierno, Jesús Jurado se ha puesto en contacto con el alcalde de Sa Pobla, Llorenç Gelabert, para solicitar toda la información de que dispone el consistorio sobre los hechos ocurridos este fin de semana en el municipio, como es la denuncia cursada por la Policía Local, las declaraciones de la persona que colgó las banderas, así como fotografías.

Mientras tanto, la secretaría autonómica, a través de la Dirección General de Memoria Democrática ha abierto diligencias previas en base a que los hechos ocurridos el sábado en Sa Pobla pueden ser objeto de sanción, según la Ley 2/2108 de memoria y reconocimiento democráticos de las Islas Baleares.

El artículo 23 de la citada Ley incluye como actos contrarios a la Memoria Democrática "la exhibición pública de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones, como el callejero, inscripciones y otros elementos adosados ​​a edificios públicos o situados en la vía pública, realizados en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo de la revuelta militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial ". Estos actos, según la ley, se consideran contrarios a la Memoria Democrática y a la dignidad de las víctimas. También reciben la misma consideración "la celebración de actos y/u homenajes de cualquier naturaleza que tengan como finalidad la conmemoración, la exaltación o enaltecimiento individual o colectivo de la revuelta militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial ".

Todos estos supuestos son considerados infracciones graves por la Ley, con multas que oscilan entre los 2.001 y los 10.000 euros.

El régimen sancionador previsto en la propia Ley establece en el Artículo 35 que "serán responsables, como autores, las personas físicas o jurídicas que dolosamente o imprudente realicen acciones u omisiones contrarias a esta ley".


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