Actualizado el 11/12/2017 17:59 Compartir
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado la querella contra el titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, Manuel Penalva, y el fiscal Anticorrupción, Miguel Ángel Subirán.
El auto ha sido notificado esta mañana, según han informado fuentes del TSJIB. Además, la Sala ha acordado remitir testimonio de la resolución al Consejo General del Poder Judicial y al Colegio de Abogados de Baleares.
La querella había sido presentada en representación de la hermana de un investigado que se encuentra en prisión preventiva por supuestas amenazas a un testigo protegido de la macrocausa de corrupción policial de Palma. La firmaban dos abogados personados en el caso y acusaban a juez y fiscal de, entre otros delitos, impedir derechos cívicos, falsedad en documento público, falso testimonio, obstrucción a la justicia y prevaricación continuada, todos ellos rechazados por el TSJIB.
A finales del mes pasado, el TSJIB descartó las medidas que los dos letrados habían solicitado para el juez, el fiscal y el Grupo de Blanqueo de la Policía Nacional. Los querellantes pedían que éstos fueran detenidos y al mismo tiempo liberar a presos preventivos en piezas derivadas de la macrocausa. La querella también solicitaba imponer al Juzgado de Instrucción número 12 de Palma la obligación de grabar todas las declaraciones y retirar las armas de fuego "de los implicados y sus auxiliares".
En la querella los abogados aportaron una acta notarial con la transcripción de conversaciones de WhatsApp entre la testigo protegido número 31 de la macrocausa policial con el juez, el fiscal y algunos miembros del Grupo de Blanqueo.
En la querella se acusaba a Penalva, Subirán y la Policía de impedir el correcto derecho a la defensa por no admitir diligencias y "no querer investigar" circunstancias del caso. En su resolución, los magistrados del TSJIB descartan estas acusaciones ya que aseguran que "la afirmación de que nunca se quiso investigar" resulta "abiertamente contradicha varias líneas después" porque en el escrito "se afirma que la investigación tuvo lugar en efecto, y que se aceptó la declaración de varios testigos propuestos".
En la querella también se aportó una grabación de sonido "furtiva y clandestina", según el TSJIB, tomada durante la declaración de los testigos, y que también incluía conversaciones entre el juez y el fiscal durante los recesos.
Los magistrados apuntan que esta grabación "se llevó a cabo con deslealtad procesal porque se ocultó intencionadamente y ahora se está empleando sin demasiada buena fe procesal, porque se usa para contraponer lo grabado con lo consignado formalmente en unas actas cuyo contenido fue aceptado sin reparos". La Sala recuerda además que la Ley permite que los testigos lean por sí mismos la diligencias y el derecho a solicitar enmiendas o rectificaciones.
Por otra parte, el TSJIB no aprecia "violencia o intimidación lanzada contra los testigos" en los interrogatorios del juez y el fiscal.
Con todo, los magistrados creen que "no parece ni lógico, ni habitual, ni siquiera imaginable, que un juez y un fiscal se dediquen a perpetrar delitos estando ambos en sede judicial, acompañados de un funcionario, y sabiendo perfectamente que están siendo grabados mediante el sistema oficial".
También rechazan que el fiscal enviara mensajes de whatsapp a los policías que se encontraban junto al testigo para señalarle a quiénes debía identificar.
Uno de los abogados amplió la querella con un nuevo escrito en el que afirmaba que la testigo protegido número 31 de la macrocausa se había puesto en contacto con él "de forma absolutamente voluntaria" para hacer entrega de una transcripción de mensajes de texto y archivos de audio de conversaciones con el juez y el fiscal.
El TSJIB recuerda que estas grabaciones y capturas afectan a terceras personas distintas de la querellante --la hermana del hombre en prisión preventiva por agredir a otro testigo-- y, destacando "las reservas que se ciernen sobre esta grabación" rechaza que su contenido constituya un delito.
Los magistrados creen que el juez y el fiscal querellados "no habrían pretendido otra cosa que tranquilizar y serenar a la testigo" y no aprecian "siquiera ningún intento de falsear sus declaraciones o de alterar su actuación procesal". "Antes al contrario, se le habría animado a que dijera la verdad y a que no se echase atrás", apostillan.
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