Actualizado el 28/11/2017 15:33 Compartir
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha rechazado las medidas cautelares sobre el juez que instruye la macrocausa policial, Manuel Penalva, y el fiscal Anticorrupción, Miguel Ángel Subirán, solicitadas por dos abogados en una querella.
En un auto, los magistrados acuerdan declaran no haber lugar a adoptar las medidas cautelares solicitadas por los letrados Vicente 'Coco' Campaner y José Ignacio Herrero, que pedían detener al juez, el fiscal y a los integrantes del Grupo de Blanqueo de Capitales de la Policía Nacional y liberar a presos preventivos en piezas derivadas de la macrocausa.
Los querellantes también solicitaban como medida cautelar imponer al Juzgado de Instrucción número 12 de Palma la obligación de grabar todas las declaraciones y retirar las armas de fuego "de los implicados y sus auxiliares".
En su auto, los magistrados recalcan que todavía no se ha concluido que haya sospechas para admitir a trámite la querella por lo que "menos podría considerarse que concurren indicios racionales de criminalidad que justificasen la prisión".
Además, el TSJIB ha remarcado que las medidas cautelares solicitadas sobre Penalva, Subirán y la Policía "pretenden imponer actuaciones a otro órgano jurisdiccional" para las que carece de competencia.
Para el Tribunal, la adopción de las medidas solicitadas supone un "eminente desprecio de la independencia judicial constitucionalmente consagrada" porque "no es posible dirigir instrucciones ni prevenciones a los jueces sobre el modo de decidir", y que en todo caso deben presentarse los recursos que correspondan.
"Quien ha presentado la querella pretende eliminar sin respetar algunos derechos fundamentales ni las correspondientes exigencias legales sobre competencia y procedimiento", apuntan los magistrados.
El TSJIB continúa señalando que las medidas planteadas constituyen "una auténtica invitación o inducción" a que la Sala incurra "en un comportamiento que envolvería arrogación de atribuciones judiciales" que no le corresponden, y que supondría "dirigir a otros jueces instrucciones, órdenes o intimaciones relativas a causas que se están conociendo" y por tanto un delito de usurpación de atribuciones.
En definitiva, la Sala cree que las medidas que solicitaban los abogados "constituiría una invasión indebida, y algo más, de un ámbito jurisdiccional ajeno".
Por otra parte, los querellantes han presentado este lunes una acta notarial con la transcripción de conversaciones de WhatsApp entre la testigo protegido número 31 de la macrocausa policial con el juez, el fiscal y algunos miembros del Grupo de Blanqueo de la Policía Nacional.
La Sala ha requerido la subsanación de defectos apreciados en la supuesta autenticación de las conversaciones y ha concedido al Ministerio Fiscal cinco días para que informe sobre la admisibilidad de la querella con los nuevos hechos aportados.
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