Actualizado el 28/09/2024 15:28 Compartir
El Consell de Govern se da por enterado de las actuaciones relativas a la adopción de medidas y contrataciones necesarias para evitar y erradicar la situación de gravedad ocasionada por el brote de lengua azul en las Illes Balears, mediante la tramitación de emergencia, que han llevado a cabo la Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural, y su ente adscrito, el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP).
En el Boletín Oficial de las Illes Balears del 19 de septiembre de 2024 se publicó la Resolución del conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la que se declara la presencia de la enfermedad del virus de la lengua azul y se adoptan medidas sanitarias de salvaguardia para evitar su propagación en todo el territorio del archipiélago; concretamente, se declaró la presencia del serotipo 8 del virus, y se declaró zona de restricción de lengua azul todo el territorio insular.
En el mes de agosto de 2024 se supo de la sospecha de nuevos casos de lengua azul en la isla de Mallorca de una nueva variante del serotipo 8, más agresivo y con una mortalidad más alta que el serotipo 4. El serotipo 8 se detectó el año pasado en Francia y se confirmó en España en las comunidades de Cataluña y Aragón. En este momento, son ya 40 los focos confirmados en las Illes Balears.
Así mismo, en el año 2000 en las Illes Balears se detectó la presencia del serotipo S2 del virus de la lengua azul, que no se consiguió controlar hasta el año 2003, año en que apareció otro serotipo el S4, que no se pudo controlar hasta el año 2005. En junio del año 2021, en una de las muestras tomadas en el marco del Programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la lengua azul, se confirmó la presencia del serotipo 4 del virus de la lengua azul en Mallorca. Al mismo tiempo se confirmaron otras muestras tomadas a raíz de la inicial. Se consiguió controlar el 2023.
Por lo tanto, de la experiencia en la dificultad del control de los brotes de los años 2000, 2003 y 2021 y, sobre todo, de las pérdidas directas e indirectas en el sector ganadero, se concluye que la confirmación de la enfermedad puede dar lugar a una situación catastrófica y comportar un peligro grave para las manadas ovinas, cabrunas y vacunas de las Illes Balears, todo ello sin descartar que puede propagarse a otras especies silvestres o asilvestradas de los animales de la población diana, imposibles de controlar y sanear.
En consecuencia, en la Resolución por la que se declara la presencia de la enfermedad del virus de la lengua azul, se adoptan, de manera cautelar, medidas sanitarias de salvaguardia y se establece un programa de vacunaciones obligatorias contra el serotipo 8 del virus de la lengua azul de las especies vacuna y ovina para evitar su difusión y propagación.
Así mismo, se declara la emergencia de las actuaciones y contrataciones pertinentes para la erradicación del brote de lengua azul en las Illes Balears y se ordena la ejecución de todo lo necesario para evitar y erradicar la situación de gravedad ocasionada por el brote, de acuerdo con la tramitación de emergencia regulada en la Ley de contratos del sector público.
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