Actualizado el 28/08/2026 19:01 Compartir
El Consell de Govern ha autorizado a la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma a interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra el Real Decreto 556/2026, de 30 de junio, por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas de las comunidades y ciudades autónomas. El Real Decreto fija en 434 menores la capacidad ordinaria asignada al sistema de protección de las Illes Balears, frente a la capacidad de 406 establecida anteriormente.
El Govern considera que los criterios seguidos para determinar esta capacidad no están suficientemente justificados y que su aplicación ofrece un resultado opaco y arbitrario, que puede propiciar un trato favorable para unas comunidades autónomas y desfavorable para otras y vulnerar el principio constitucional de solidaridad interterritorial.
La norma establece ocho criterios diferentes, con porcentajes e índices diversos, pero, según el Ejecutivo, no explica las razones que han llevado a establecerlos ni justifica adecuadamente el resultado asignado a cada comunidad autónoma.
El Govern también cuestiona la competencia del Estado para establecer mediante un real decreto la capacidad ordinaria de los sistemas de protección y tutela de menores de todas las comunidades autónomas. En los recursos anteriores, la Comunidad Autónoma ha alegado que la protección de menores es una competencia autonómica exclusiva y que, en el Pleno de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia del 5 de mayo de 2025, no se sometieron a votación los requisitos para la declaración de la situación de contingencia migratoria extraordinaria.
Este recurso da continuidad a las actuaciones judiciales impulsadas por la Comunidad Autónoma en relación con la normativa estatal sobre contingencia migratoria y protección de menores extranjeros no acompañados. El Govern ya ha interpuesto recursos contra el Real Decreto 658/2025 y contra el Real Decreto 743/2025, que asignaba a las Illes Balears una capacidad ordinaria de 406 menores.
El 15 de julio de 2026, la directora de la Abogacía de la Comunidad Autónoma emitió un informe sobre la procedencia de impugnar el nuevo real decreto. Con el acuerdo aprobado, el Consell de Govern autoriza a la Abogacía a interponer el recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
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