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El Govern moderniza el reglamento del personal voluntario de Protección Civil de las Balears

El Govern moderniza el reglamento del personal voluntario de Protección Civil de las Balears

Actualizado el 09/05/2019 12:28                Compartir

El Consell de Govern aprueba este viernes el decreto del nuevo reglamento del personal voluntario de Protección Civil de las Illes Balears. Con esta nueva regulación, se actualiza y moderniza el reglamento vigente los últimos 15 años, que regula el funcionamiento de las agrupaciones municipales de voluntarios de Protección Civil de las Balears, e incluye medidas para reforzar la formación del personal y la estructura de las agrupaciones, además de renovar los emblemas, el diseño y los materiales del vestuario y los uniformes del personal voluntario.

Actualmente, hay 54 agrupaciones con 1.250 voluntarios en todas las islas. El nuevo reglamento deroga y sustituye el anterior, vigente desde 2003, y tiene por objeto ordenar y fomentar la colaboración voluntaria y solidaria de la ciudadanía en las tareas de protección civil. A tales efectos, son personal voluntario de Protección Civil las personas que colaboran regularmente con los servicios públicos en tareas propias de protección civil de manera altruista, solidaria y desinteresada, tanto en la fase de prevención como en la de intervención.

La aprobación del nuevo reglamento responde a las necesidades surgidas en este periodo para la actualización del reglamento vigente hasta ahora y por la experiencia adquirida después de la creación de las diferentes agrupaciones. También se corresponde con las necesidades de adaptar la participación del voluntariado en los sistemas actuales de mando y control y con las de actualizar la regulación a los cambios normativos que se han producido, como la Ley 3/2006 de gestión de emergencias de Balears o el Decreto 40/2014 de aprobación del Plan territorial de Protección Civil de la comunidad autónoma.

El nuevo reglamento refuerza la formación y la estructura de las agrupaciones, establece sus funciones, tanto de activación de emergencias como preventivas, e introduce la figura de los grupos especializados autonómicos a fin de integrar profesionales calificados y especialistas que, de manera altruista y solidaria, deseen participar en algunos aspectos técnicos concretos que deban ponerse en marcha con la activación de un plan especial de emergencia.

Asimismo, regula el Consejo Asesor del Voluntariado de Protección Civil, un órgano colegiado asesor y de consulta, adscrito a la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas, que asume funciones de asesoramiento y orientación técnica y que incorpora a un representante de los ayuntamientos a través de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears (FELIB). Tanto la FELIB como las diferentes agrupaciones han colaborado en la elaboración del nuevo reglamento.

En relación con la formación, el decreto establece los requisitos para pertenecer a una agrupación de voluntarios y determina que las personas aspirantes deberán superar una formación básica —curso que impartirá la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) o bajo su homologación directa, en colaboración con la Dirección General de Emergencias e Interior— y posteriormente un periodo de prácticas, en el que el personal que haya superado el curso básico deberá permanecer durante seis meses y/o 50 horas de servicio en una agrupación.

Para formar parte de una agrupación de voluntarios, hace falta ser mayor de edad y no tener antecedentes penales por varios delitos (homicidio y contra la integridad física, de violencia de género, contra la libertad sexual, contra la seguridad colectiva, contra la salud pública y de terrorismo), entre otros requisitos. Las agrupaciones dependen del alcalde o alcaldesa de su municipio, tienen un jefe al que le corresponde la dirección, la coordinación y la supervisión de las actuaciones asignadas y pueden disponer de un segundo jefe, figura introducida en el nuevo decreto.

Además, en un capítulo dedicado a formación, uno de los objetivos prioritarios de los responsables de las agrupaciones debe ser la adecuada preparación de los efectivos para que cumplan las misiones con criterios de eficiencia y efectividad y con las máximas garantías de seguridad.

El reglamento establece que las agrupaciones pueden, por sí mismas, acceder a cursos de formación homologados, dentro del catálogo de actividades formativas que determinará la Administración autonómica. En este catálogo deben establecerse todas las actividades de formación que se consideren oportunas para incorporarse a operativos de emergencia, las cuales deben estructurarse por niveles de especialización y de perfeccionamiento.

El Govern de les Illes Balears organizará una formación inicial básica que otorgue a los aspirantes la categoría de voluntario o voluntaria en prácticas, y otros niveles formativos específicos que se irán concretando en función de las necesidades. Los cursos acreditarán al personal voluntario de protección civil para la intervención en cada tipo de emergencia, en los términos que se establezcan para cada plan especial, teniendo en cuenta la necesidad de formar parte de los reciclajes pertinentes establecidos, por parte de la dirección y del personal voluntario.

El reglamento también introduce el registro de personal voluntario, mediante el que cada persona voluntaria debe quedar identificada con un número, que figurará en un lugar visible en el uniforme. Asimismo, el decreto incorpora la regulación del nuevo diseño y materiales del vestuario y uniformes, logotipos, emblemas, distintivos y equipamiento básico, con criterios de uniformidad.

El decreto prevé que las organizaciones de voluntarios de Protección Civil de las Illes Balears dispongan de un plazo de un año para adaptar sus estatutos o reglamentos internos a lo previsto en este reglamento, mientras que tienen un plazo más largo, de 3 años, para adaptar el vestuario y los emblemas a la nueva regulación, a partir de la entrada en vigor del decreto, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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