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El Ayuntamiento de Andratx tiene dos meses para demoler los apartamentos ilegales de Cala Llamp.

Actualizado el 17/09/2013 16:37                Compartir


Después de un intento por parte del Ayuntamiento para intentar dilatar la ejecución de la sentencia que obligaba a la demolición, el juzgado contencioso-adminsitrativo n.2 le impone a un plazo de dos meses improrrogables. En caso de no hacerlo se impondrán multas coercitivas al Alcalde.

La justicia reacciona una vez más de forma contundente ante el intento de dilatar la ejecución de sentencias de demolición por parte de los Ayuntamientos.
En este caso se trata del Ayuntamiento de Andratx. El 29 de julio de 2005 el Ayuntamiento de Andratx concedió una licencia para construir 24 viviendas, aparcamientos y piscina en la urbanización costa de Andratx de Cala Llamp. Esta licencia fue declarada nula de pleno derecho por la sentencia 180/2009, confirmada posteriormente por la sentencia de la Sala 738/2011 de 7 de octubre.
La sentencia dejaba clara la obligación por parte del Ayuntamiento de restaurar el orden infringido y proceder a la demolición.

Las "maniobras" del Ayuntamiento para evitar la ejecución de la sentencia.
En octubre de 2012 el Ayuntamiento fue requerido para que informara al juzgado sobre las actuaciones realizadas para ejecutar la sentencia de 2009. El Ayuntamiento, que no había hecho absolutamente nada,
actuó con total cinismo abriendo un expediente de disciplina urbanística a la entidad Marmacén Sol SL y requiriéndole que en el plazo de dos meses solicitara la oportuna licencia.
El Ayuntamiento de Andratx sabía bien que se trata de una licencia anulada por resolución judicial y que por tanto, no tenía ningún sentido requerir solicitar una licencia que es imposible de ser otorgada. Queda claro que el Ayuntamiento pretendía dilatar la demolición de las obras declaradas ilegales mediante sentencia firme.
Ante esto, ayer mismo (16/09/2013), el juzgado contencioso administrativo n º 2 dictó un auto clara y contundente: entiende que la sentencia no ha cumplido, que hay que proceder a la demolición, que el Ayuntamiento es el único responsable y le da el plazo improrrogable de dos meses para hacerlo.
De no hacerlo, se considerará que corresponde al Alcalde del Ayuntamiento de Andratx el total cumplimiento de la sentencia y se le impondrán multas coercitivas a cargo de su patrimonio personal hasta su cumplimiento.

La similitud con el caso de ses Covetes
El pasado 13 de noviembre de 2012, la Sala ordenó al Ayuntamiento de Campos, proceder a la demolición inmediata de los 28 apartamentos, piscina y bar restaurante del núcleo de Ses Covetes.
Tal como en el caso de Andratx, se trataba de unos terrenos, no clasificados como urbanos en el momento de concesión de la licencia y por tanto la sentencia implicaba necesariamente la demolición de todo lo que había construido.
Ante los reiterados intentos por parte del Ayuntamiento de Campos de impedir y en todo caso, dilatar la ejecución de la sentencia la resolución del 13 de noviembre de la sala CA del TSJB fue calificada de histórica y supuso el punto y final al largo conflicto de Ses Covetes. El tribunal, mediante dicho auto, ordenó el Ayuntamiento de Campos del derribo de los 68 apartamentos

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