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Baleares establece el uso obligatorio de mascarilla en la vía pública

Baleares establece el uso obligatorio de mascarilla en la vía pública

Actualizado el 09/07/2020 15:12                Compartir

La Conselleria de Salud y Consumo ha elaborado una resolución para reforzar las medidas dirigidas a prevenir la propagación del COVID-19, entre las que se incluye la obligación de llevar mascarilla en la vía pública. Estas medidas entran en vigor el lunes.

Según los últimos datos del Servicio de Salud y del Servicio de Epidemiología, en Balears hay poco más de 130 casos activos y 10 brotes activos (8 en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Eivissa). Además, la incidencia acumulada de SARS-CoV-2 a 14 días es de 4,35 por 100.000 habitantes (en España es de 9,89) y la incidencia acumulada a 7 días es de 1,57 por 100.000 habitantes (en España es de 4,99).

Dada la evolución de la pandemia y puesto que se ha comprobado que la situación en una región concreta puede cambiar de forma repentina si se produce algún rebrote importante, se ha considerado adecuado reforzar las medidas para prevenir la propagación del COVID-19.

Por ello, en estos momentos se ultima una resolución, que entrará en vigor el lunes, con la que se modificará el Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. Este plan se aprobó por Consejo de Gobierno el 19 de junio.

Medidas principales

Entre otras medidas, la resolución establece el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública y en los edificios de uso público o los servicios de atención al público. Se exceptúan no obstante, piscinas, playas y establecimientos de restauración en el momento de comer o beber.

Asimismo, se fija la limitación de aforo en las reuniones sociales y familiares, como por ejemplo fiestas de aniversario, que será de un máximo de 70 personas en el exterior y de 30 en el interior. En cuanto a bodas y otros acontecimientos sociales oficiales, religiosos o civiles, los aforos pueden llegar a 250 personas fuera y 150 dentro. En caso de que se produzca una ceremonia religiosa o civil, ya sea en interior o exterior, la mascarilla será obligatoria para todos los asistentes a pesar de que se pueda mantener la distancia de seguridad. Durante la celebración, el uso de la mascarilla será obligatorio si no se puede garantizar la distancia de seguridad, salvo en el momento del consumo de bebidas y alimentos.

Igualmente, se amplía a 30 el número de personas que pueden participar en ensayos y actuaciones de coros, pero siempre con uso de mascarilla y respetando la distancia. En cuanto a las bandas de música, también queda regulada su actividad y se establece el uso obligado de mascarillas para todos, excepto los músicos de instrumentos de viento.

Por otro lado, se levanta la limitación de los turnos de una hora de uso máximo en los locales de ocio infantil, donde los niños pueden permanecer por tiempo indefinido.

Se suprime el límite de ocupación de los taxis y, en relación a los coches privados, se mantiene la obligación de usar mascarilla cuando los ocupantes no sean convivientes.

Asimismo, se quita el límite de 25 personas en los centros de formación no reglada.


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