Economía

La Conselleria de Movilidad y Vivienda ha recibido 7.500 solicitudes en la convocatoria de ayudas al alquiler de 2020

Actualizado el 13/08/2020 11:14                Compartir

La Conselleria de Movilidad y Vivienda ha recibido unas 7.500 solicitudes de ayudas al alquiler en la convocatoria de 2020, que finalizó el pasado día 31 de julio. Ahora se inicia la fase de revisión de los expedientes y la tramitación para su resolución. Mientras, continúa abierto el plazo para solicitar las ayudas específicas para personas afectadas por la crisis derivada de la COVID-19 hasta el próximo 31 de agosto. Por ahora, se han solicitado unas 1.500 ayudas en esta convocatoria especial.

Las ayudas ordinarias al alquiler de 2020 tienen una dotación de 8,8 millones de euros, la mayor hasta ahora, de los que 8,7 provienen del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Las solicitudes se han podido presentar tanto telemática como presencialmente en las oficinas de la Dirección General de Vivienda y del IBAVI y en la Consejería de Movilidad y Vivienda, con un servicio de cita previa.

El número de solicitudes es también el mayor registrado nunca, unas 7.500, cifra que se puede ver incrementada porque se podían presentar solicitudes en papel en cualquier administración o enviarlas por correo postal y, por lo tanto, podría haber más.

El incremento de las solicitudes de ayudas para el alquiler de 2002 respecto de las de 2019 es del 44 %. Supone un incremento muy significativo respecto de las ayudas de la convocatoria de 2019, en que fueron unas 5.200 las personas que presentaron la ayuda. Hay que decir que la convocatoria de 2019, originalmente abierta durante un mes, se prorrogó quince días más. Las ayudas al alquiler se han ido incrementando progresivamente y de forma muy significativa, pasando de unas 700 solicitudes concedidas en 2015 hasta las cifras actuales.

La Dirección General de Vivienda recuerda a los solicitantes de las ayudas que tienen que presentar los recibos de los alquileres posteriores a la solicitud entre el día 1 y 10 de cada mes o no podrán cobrar la subvención correspondiente a los meses no justificados. Pueden aportar esta documentación a través de cualquier registro de una administración pública o a través del trámite telemático de instancia general en la sede electrónica de la CAIB. Toda la información se puede consultar en http://habitatge.caib.es.

Estas ayudas son compatibles con las ayudas al alquiler para personas afectadas socioeconómicamente por la COVID-19, que se pueden solicitar, siempre por vía telemática, hasta el 31 de agosto. La dotación de estas ayudas también se ha ampliado y ha pasado de los 3,2 millones iniciales a 4,1 millones.


Comentarios

Ahora en portada
Noticias Mallorca