Actualizado el 31/07/2020 18:58 Compartir
Una vez examinada la documentación enviada con el informe previo del Instituto Balear de la Mujer, la Dirección de la Abogacía considera procedente ejercer la acción popular como parte acusadora.
Este es el procedimiento que se sigue en todos los casos de violencia contra las mujeres en los que se haya producido la muerte o lesiones graves de la víctima desde el año 2008, cuando el Consell de Govern adoptó un acuerdo por el que se autorizaba a la Abogacía a personarse en todos estos juicios penales. Así lo recoge también la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, en el artículo 72.
Copyright © noticiasmallorca.es es una marca registrada. Todos los derechos reservados.