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Se inicia por primera vez un procedimiento sancionador por una infracción del público en un evento deportivo

Se inicia por primera vez un procedimiento sancionador por una infracción del público en un evento deportivo

Actualizado el 02/05/2019 12:23                Compartir

El mes de marzo de 2019 tuvo entrada a la Consellería de Cultura, Participación y Deportes un oficio de la Delegación del Govern de les Illes Balears, mediante el cual se enviaron las diligencias instruidas por la Policía Local de Algaida para insultar al árbitro contra un asistente del partido de fútbol entre los equipos de Algaida y Santa Ponça, correspondiendo a la categoría 1.ª Regional Mallorca.

Según consta en la documentación recibida, con el informe emitido por la Policía Local de Algaida y el acta del árbitro, por los hechos descritos al apartado anterior, la Guardia Civil de este municipio elaboró una acta-denuncia contra esta persona, por insultar y amenazar al árbitro del partido de fútbol celebrado el día 3 de marzo de 2019, entre los equipos de Algaida y Santa Ponça, con la frase siguiente: ''Sois unos hijos de puta, no vais a salir de aquí, os voy a arrancar la cabeza''.

La competencia para tramitar esta denuncia corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, concretamente, el órgano competente para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativa deportiva es la Consellería de Cultura, Participación y Deportes. La tramitación se lleva a cabo mediante la Dirección General de Deportes y Juventud.

Los hechos pueden ser calificados provisionalmente como una infracción leve, prevista en el artículo 121 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears.
De acuerdo con el artículo 126 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears, por la comisión de una falta leve se puede sancionar con una multa de 60,10 a 601,01 €.

El importe provisional de la sanción prevista para los hechos descritos se fija en 300,00 euros, cuantificado de acuerdo con el principio de proporcionalidad y atendidos los criterios y las circunstancias que concurren: gravedad de los insultos y amenazas, comportamiento agresivo para la convivencia y la seguridad, necesidad de prevenir y erradicar estos tipos de conductas, asistencia de menores de edad y adolescentes entre el público.

Con este primer procedimiento sancionador el Govern pretende reducir los comportamientos antideportivos que se pueden producir en las gradas durante los acontecimientos deportivos. Estas acciones van en la línea del trabajo realizado durante la actual legislatura con el programa Posam valors a l'esport y la activación de la Comisión contra la Violencia al Deporte en las Illes Balears.

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