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Condenada una Clínica de Palma a indemnizar a la familia de un paciente fallecido por no diagnosticar un infarto

Condenada una Clínica de Palma a indemnizar a la familia de un paciente fallecido por no diagnosticar un infarto

Actualizado el 15/03/2021 13:13                Compartir

Un Juzgado de Primera Instancia de Palma de Mallorca ha dictado Sentencia tramitada por el abogado DANIEL MARTÍNEZ RASO -perteneciente a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’-, mediante la cual la Policlínica Miramar de Palma ha sido condenada a pagar una indemnización de 143.000 Euros (116.000 euros más 27.000 Euros de intereses) a los familiares de un paciente de 83 años que falleció al no diagnosticarse el infarto de miocardio que padecía y derivar su tratamiento al servicio de neumología.

Cabe puntualizar que la Sentencia se emitió en diciembre de 2020, pero se solicitó aclaración de la misma que se ha recibido recientemente.

El paciente acudió a urgencias con un cuadro de disnea, expectoración sanguinolenta y cansancio, por lo que ingresó el 16/03/2018 en el centro médico.

La valoración inicial arrojó un resultado de ligera neumonía e insuficiencia cardiaca importante, dolencia que se confirmó tras la realización de un análisis de sangre y electrocardiograma.

Los facultativos no solo omitieron los valores de ‘Dimero D’ y ‘Troponina’ del análisis de sangre, -indicadores muy por encima de lo normal que ya avisaron de un cuadro de infarto-, sino que hicieron caso omiso al electrocardiograma que disponía de un programa de interpretación automático y que dejó impreso en papel que el paciente estaba padeciendo: “ISQUEMIA/ IM AGUDO; Infarto anteroseptal”.

Debido a tal falta de diligencia en la mera lectura del ECG, el paciente fue trasladado a neumología y tratado solo del cuadro de neumonía diagnosticada, por lo que empeoró irremediablemente, falleciendo 12 días después de infarto de miocardio.

La reclamación judicial de indemnización la interpusieron la hermana y los hijos del fallecido por los daños morales sufridos.

Cabe destacar, como característica especial del caso, que el abogado de los demandantes, Daniel Martínez Raso, solicitó una indemnización por herencia para los hijos del fallecido que le hubiera correspondido a la viuda, quien sufrió la pérdida de su marido en vida, pero que falleció antes de poder presentar la demanda.

La sentencia acoge la pretensión del letrado y otorga legitimación a los hijos para cobrar por herencia los daños morales que sufrió la madre en vida, condenando el Juzgado al pago a Mapfre, compañía aseguradora del centro médico.


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