Sociedad

Fijados los servicios mínimos para la huelga feminista del 8 de marzo

Fijados los servicios mínimos para la huelga feminista del 8 de marzo

Actualizado el 07/03/2019 14:08                Compartir

El Consell de Govern ha sido informado hoy de los servicios mínimos fijados ante la convocatoria de huelga para este viernes, día 8 de marzo, organizada por diferentes entidades sindicales en el ámbito de todo el Estado con motivo de la conmemoración del Día de la Mujer Trabajadora. Estos servicios mínimos se publicaron el pasado 5 de marzo en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de las Illes Balears. Son los que se detallan a continuación:

Educación:

La prestación de servicios esenciales en los centros docentes no universitarios, públicos, privados o concertados, en el ámbito de las Illes Balears, prevé que estos tienen que permanecer abiertos durante la situación de huelga convocada para el 8 de marzo de 2019. Con el fin de cumplir la normativa, además, deben adoptarse las medidas que se indican a continuación:

— El director o directora, en el ejercicio de sus funciones, tiene que garantizar la apertura del centro durante la jornada escolar.
— El director o directora y el secretario o secretaria deben permanecer en el centro durante la situación de huelga, en función de su cargo.
— Además, para garantizar el control del acceso a los centros, en cada centro público deberá permanecer en su puesto de trabajo un miembro del personal de conserjería del turno de mañana y otro del turno de tarde, designado por el director o directora.

Adicionalmente a lo expuesto anteriormente, deberá haber:

— En los centros de educación infantil (0 a 3 años): 1 educador infantil por cada 3 unidades o fracción.
— En los centros de educación infantil (3 a 6 años): 1 docente por cada 3 unidades o fracción.
— En los centros de educación especial: 1 docente por cada 3 unidades o fracción y 1 auxiliar técnico educativo por cada 3 unidades o fracción.
— En los centros de educación infantil y/o primaria: 1 docente por cada 3 unidades de educación infantil o fracción y 1 docente por cada 4 unidades de educación primaria o fracción.
— En los institutos de educación secundaria obligatoria: 1 docente por cada 6 unidades o fracción.
— En los centros que imparten educación primaria, educación secundaria y formación profesional: 1 docente por cada 9 unidades o fracción.

Sanidad:

Los servicios de registro y también los servicios de atención al usuario permanecerán abiertos con la cobertura mínima requerida.

Se considera servicio mínimo asistencial el funcionamiento normal de los servicios de urgencias tanto con respecto a la atención de pacientes externos que lleguen como a los pacientes ingresados en las unidades de observación de urgencias que tienen que recibir asistencia plena según el criterio del médico que los tenga a su cargo.

— En el ámbito de la atención especializada:

a) Con carácter general, los servicios mínimos serán los equivalentes a los previstos para los domingos y para los días festivos.
b) Servicios de oncología médica, oncología radioterápica, diálisis, hospital de día y farmacia hospitalaria: el número de efectivos indispensables para garantizar el cien por cien de la asistencia.
c) Intervenciones quirúrgicas programadas de pacientes oncológicos y de otras patologías que no puedan aplazarse a causa del riesgo que implicaría para los pacientes: número de efectivos indispensables para garantizar el cien por cien de la actividad.
d) Asistencia con cobertura de festivo o domingo de los pacientes ingresados.
e) Se considera servicio mínimo asistencial el funcionamiento de las unidades especiales, de las unidades de cuidados intensivos, de las unidades de vigilancia intensiva, de las unidades coronarias, de las unidades de hemodiálisis de neonatología, de las unidades de quemados, de todos los servicios que puedan ser de urgencia vital y también los partos.

— En el ámbito de la atención primaria:

Deben permanecer abiertos los centros de salud, los cuales, a efectos de prestar la asistencia sanitaria adecuada, dispondrán de una plantilla mínima de 2 médicos, 1 pediatra, 2 efectivos de personal de enfermería y 1 auxiliar administrativo. Los centros de salud que prestan servicio como PAC a partir de las 17.30 h deberán tener la cobertura de plantilla idéntica a un festivo o domingo.

En los servicios de urgencia y emergencia (SUAP y 061), teniendo en cuenta su naturaleza y la de los servicios que prestan, la cobertura será del cien por cien en todos los servicios sanitarios.

El servicio de limpieza tiene que mantener la actividad normal de un día festivo en las áreas de alto riesgo. Tienen esta consideración los siguientes servicios:

Zonas de riesgo alto:

— Servicios de urgencia.
— Bloques quirúrgicos, áreas de reanimación y salas de parto.
— Unidades de cuidados intensivos.
— Unidades de recién nacidos.
— Zonas de esterilización.
— Unidades de hemodiálisis.
— Unidades de hemodinámica.
— Unidades o habitaciones de pacientes trasplantados.
— Salas de extracciones medulares (banco de sangre).
— Salas de autopsias.
— Salas de preparación parenteral y citostáticos (farmacia).
— Salas DIVAS y CPR (radiodiagnóstico).
— Pacientes en régimen de aislamiento.
— Unidades de trasplante de médula ósea.
— Cocinas y servicios de alimentación.

La limpieza de todos estos servicios señalados incluirá la evacuación de ropa sucia y de residuos.

Los servicios de hostelería deben atender la dieta de todos los enfermos ingresados.

Las empresas dedicadas al transporte de enfermos tienen que garantizar la atención al cien por cien de las urgencias y emergencias, los tratamientos de oncología y la diálisis. Para el resto del transporte programado deben establecer unos equipos de guardia como en sábado.

Servicios sociales:

Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel: los servicios mínimos serán los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears: los servicios mínimos serán los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Servicios generales de la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo los servicios ligados a las competencias docentes y sanitarias:

Las dependencias permanecerán abiertas durante la situación de huelga parcial, a menos que, por razones fundamentadas, el departamento, el organismo o el servicio decida cerrarlas.

Se consideran servicios mínimos de los servicios generales de la Administración de esta comunidad autónoma y de los organismos públicos que dependen de ella, salvo los servicios sanitarios y docentes, los siguientes:

— Registros

Se mantendrá a un funcionario en el registro general de cada consejería, designado por el respectivo secretario o secretaria general. En el caso de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, se mantendrá a una persona en el Registro General de los servicios centrales y a una persona en los registros de las delegaciones insulares. Debe mantenerse también a una persona en el registro de cada centro de trabajo de las entidades del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

— Seguridad

Se mantendrá a un miembro del servicio de seguridad en cada edificio.

— Mantenimiento

La Consejería de Presidencia designará a tres miembros del personal de mantenimiento para todas las instalaciones de la Comunidad.

— Informática y comunicación

Se mantendrán los servicios equivalentes a los domingos.

— Servicio de Agentes de Medio Ambiente (AMA):

MALLORCA:

1 agente de incidencias en la zona de Tramuntana
1 agente de incidencias en la zona de Llevant

MENORCA:

1 agente de incidencias

EIVISSA Y FORMENTERA:

1 agente de incidencias

ARCHIPIÉLAGO DE CABRERA:

1 agente de incidencias

Jefes de guardia (coordinación Illes Balears):

1 jefe de guardia

IBANAT:

— Departamento de Logística: personal de oficina: 1 técnico/a
— Gabinete de Dirección: 1 administrativo/a
— Talleres ocupacionales: 1 monitor/a o director/a
— Para garantizar la capacidad de respuesta del dispositivo contra incendios forestales por todas las Illes Balears se establecen como servicios mínimos los servicios equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears:

Los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Transporte:

En relación con los transportes públicos regulares interurbanos de viajeros por carretera y los servicios ferroviarios, dado que son servicios públicos, se establecerán unos servicios mínimos que sean compatibles con el derecho fundamental de los trabajadores a la huelga y que garanticen un mínimo de movilidad a los ciudadanos, movilidad que debe permitirles desplazarse para ejercer, si lo desean, el derecho a cumplir la jornada laboral, llegar a los centros sanitarios y moverse por cualquier otro motivo imprescindible.

— Transporte ferroviario

Los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

En cuanto al servicio de la línea de metro entre Palma y la Universidad de las Illes Balears, se establecen unos servicios mínimos equivalentes al 50 % de los servicios ordinarios programados en día laborable.

— Transporte marítimo

En relación con el transporte marítimo interinsular, no es procedente establecer los servicios mínimos entre Mallorca, Menorca y Eivissa, dado que se fijan servicios mínimos para el tráfico de pasajeros en avión, por lo que habrá una comunicación mínima entre estas islas. No obstante, es necesario establecer unos servicios mínimos de transporte marítimo entre Eivissa y Formentera, dado que esta es la única comunicación posible para los habitantes de Formentera. Por esta razón, se considera que deben establecerse como servicios mínimos los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

— Transporte regular por carretera

Servicios mínimos de transporte público regular de viajeros en autobús de tipo interurbano: los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Servicios mínimos de transporte público regular de viajeros en autobús de tipo lanzadera (líneas conectadas con el servicio de tren): los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

— Ferrocarril de Sóller

Los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

— Transporte no regular

Los servicios mínimos son los equivalentes a los previstos para los domingos y los días festivos.

Comentarios

Ahora en portada
Noticias Mallorca