Actualizado el 26/09/2013 07:54 Compartir
Manos Limpias ha hecho esta petición, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV)dictara este martes un auto en el que manifiesta que deben depurarse cuantas diligencias de investigación sean necesarias para completar la investigación de los hechos y esa investigación, "obviamente corresponde", según ha señalado el sindicato, al instructor del caso Urdangarin, José Castro.
Por otro lado, ha recordado que los testigos están obligados a decir la verdad, en contraposición a los imputados que pueden negarse a no declarar y a no decir la verdad.
Manos Limpias ha hecho esta reclamación a Castro, después de que este martes, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV decidiera no imputar a Camps, ni a Barberá en el 'caso Nóos', al considerar que en su actuación no existen suficientes indicios incriminatorios. Así, acordó devolver el caso al juzgado de Palma, que instruye el procedimiento.
Cabe recordar que el pasado mes de junio, Castro elevó al TSJCV su exposición razonada con indicios delictivos sobre Camps y Barberá en relación con su participación en las negociaciones previas a la firma del convenio de los Valencia Summit --con Ciudad de las Artes y las Ciencias S.A. (Cacsa) y Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB)-- durante los años 2004, 2005 y 2006, por los que el Instituto Nóos, que estuvo presidido por el Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, percibió alrededor de tres millones de euros públicos; así como por el convenio firmado para que la ciudad de Valencia fuera sede de unos eventuales Juegos Europeos.
Castro, que remitió este escrito al tribunal valenciano al tratarse Camps y Barberá de personas aforadas, aludía en su escrito a un posible delito continuado de falsedad en documento oficial; a otro de prevaricación; a un delito de malversación de fondos públicos; y a otro de fraude a la Administración. El TSJCV dio traslado de este escrito a las partes para que se pronunciaran y, tras escucharlas, ha acordado no asumir la investigación al estimar que no existen respecto a los aforados suficientes indicios incriminatorios.
En concreto, el tribunal argumenta que no es "bastante" con que aparezcan unos hechos que puedan revestir los caracteres de delito, ni que de una manera más o menos amplia puedan tener alguna relación o conexión con una persona aforada, sino que además es "necesario" que se deduzca "algún principio de prueba" que permita afirmar la participación directa y voluntaria de Camps y Barberá en los hechos. Y en este momento procesal, "no constan".
"No encontramos indicios suficientes como para afirmar en este momento que los aforados Camps y Barberá han incurrido de forma personal, directa y voluntaria en una conducta encuadrable en cualquiera de los tipos relatados" por el juez Castro en su exposición razonada remitida al TSJCV, señala el tribunal en su auto, dado a conocer este martes.
Así, el tribunal valenciano mantiene que "indudablemente" existen una serie de conductas, respecto a los convenios del Valencia Summit y los Juegos Europeos, que "claramente" pueden revestir los caracteres de delito, pero esto "no basta", puesto que "ha de quedar justificado un principio de prueba que permita detectar suficientes indicios como para afirmar que, precisamente, los aforados han tenido una participación personal y directa en ellos".
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