Actualizado el 14/03/2020 05:44 Compartir
Para dar continuidad al servicio a la comunidad educativa y a la actividad educativa de los alumnos, así como para facilitar la organización y el funcionamiento de los centros durante este tiempo, se han dictado las siguientes instrucciones, que serán de aplicación desde el día 16 de marzo de 2020 y durante quince días naturales, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de manera sucesiva.
Dado que los equipos directivos de los centros deben organizar la actividad educativa y de gestión, todo el personal docente y no docente, ha de asistir a los centros el próximo lunes, 16 de marzo, con la finalidad de planificar las tareas presenciales y no presenciales diarias del profesorado para atender adecuadamente el alumnado durante la suspensión de las actividades lectivas. El Departament d’Inspecció Educativa supervisará esta planificación.
INSTRUCCIONES:
Mantenimiento de la atención y tutorización de los alumnos y atención a las familias
1. Los centros deben permanecer abiertos durante el horario general habitual y contar con la presencia del equipo directivo, el cual será el responsable de organizar la actividad educativa y de gestión con la supervisión del Departamento de Inspección Educativa. Los docentes y el personal de administración y servicios tienen que estar en todo momento a disposición del equipo directivo con el fin de que la atención al alumnado esté garantizada. En el ámbito de la autonomía de gestión de los centros, se debe conjugar la flexibilización de la jornada mediante teletrabajo con la atención al alumnado y a las familias de manera no presencial.
2. El centro procurará, de acuerdo con los niveles, etapas y características del alumnado, la continuidad del aprendizaje en el ámbito familiar para mantener los hábitos de trabajo y las rutinas propias de la actividad escolar.
3. Con este objetivo, cada centro, dentro de su autonomía pedagógica y de gestión, establecerá un sistema de contacto, información e interacción con alumnos y familias a través de las plataformas habituales (GestIB, aula virtual, página web, correo electrónico, etc.), así como cualquier otro medio de comunicación que los centros consideren adecuado.
4. Para evitar desigualdades derivadas de las diferentes posibilidades de acceso a la información en formato digital de los alumnos y sus familias, cada centro tiene que establecer los canales y procedimientos adecuados y eficaces para hacer llegar esta información a las familias que tienen dificultad en el uso de las tecnologías de la información o no disponen de los medios adecuados.
5. Las actividades propuestas para que los alumnos las realicen en sus domicilios deben centrarse preferentemente en el refuerzo y/o la consolidación desde un enfoque competencial.
6. Los centros docentes prestarán una atención especial a los alumnos de bachillerato, preferentemente a los de segundo curso que se tienen que presentar a las pruebas de evaluación del bachillerato para el acceso a la universidad.
7. Las familias que lo pidan podrán ser atendidas presencialmente en los centros, con cita previa.
Reuniones y claustros
Todo el profesorado del centro está obligado a asistir a las reuniones que convoque la dirección del centro. Estas reuniones se pueden llevar a cabo de manera no presencial, por medios telemáticos, cuando sea factible. En la medida que sea posible, se evitarán las reuniones o los claustros que no se consideren absolutamente necesarios.
Información al profesorado y a las familias
Los miembros de los equipos directivos se responsabilizarán del cumplimiento de estas instrucciones y de informar de su contenido a todo el personal y también a las familias de los alumnos de los centros.
Centros privados no concertados
Los centros docentes privados no concertados tienen que adecuar estas instrucciones a su funcionamiento en el marco de la autonomía prevista en el artículo 20[u1] de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
Otras actividades
1. En cuanto a las actividades de formación del profesorado, las que ya se hayan iniciado se aplazarán hasta que se puedan retomar y las que no se hayan iniciado se suspenderán. Esto quiere decir que se suspenden las actividades de formación en los centros de profesorado (CEP) y también la formación en los mismos centros.
2. Quedan suspendidos tanto los cursos de formación no formal de los centros de adultos (CEPA) como las prácticas de alumnos de formación profesional. También se suspenden los programas de cualificación inicial (PQI) y toda actividad subvencionada por el SOIB, como los certificados de profesionalidad y las actividades en centros de adultos, además de la actividad presencial de los puntos de orientación académica y profesional (POAP).
3. Se suspenden los viajes de estudios por un periodo de dos meses. En general, se recomienda no viajar si no es imprescindible, ni entre las islas ni fuera de las Balears. Quedan prohibidos los viajes a los países y regiones afectados según las indicaciones de las autoridades sanitarias.
4. Los centros tienen que continuar con las medidas de protección que indican las autoridades sanitarias, garantizar que alumnos y profesores disponen en todo momento de jabón y papel para secarse las manos, y promover usos higiénicos adecuados. Todas las indicaciones se pueden consultar en el enlace http://www.caib.es/sites/coronavirus/ca/ambito_educativo/ y en el web específico coronavirus.caib.es. Se recomienda consultar fuentes oficiales.
Universidad de las Illes Balears
Se suspende la actividad docente presencial en Mallorca y en las sedes universitarias, dado que la UIB dispone de la tecnología suficiente para poder llevar a cabo buena parte de su actividad docente de forma no presencial.
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