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GOB pide a la Conselleria de Medio Ambiente que actúe sobre la fiesta náutica de es Dolç

GOB pide a la Conselleria de Medio Ambiente que actúe sobre la fiesta náutica de es Dolç

Actualizado el 10/05/2023 11:41                Compartir

Según han recogido diferentes medios de comunicación, la noche entre el 7 y 8 de mayo entre el puerto de la Colonia de Sant Jordi y la playa de es Dolç se celebró una fiesta náutica con música a volumen elevado, en la que estuvieron implicadas hasta 18 embarcaciones. Los hechos fueron denunciados por los vecindarios de la zona, ante el ruido que tuvieron que sufrir toda la noche.

Desde el GOB recordamos que en este caso la fiesta se produjo dentro del ZEC-ZEPA ES0000083 Archipiélago de Cabrera, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2015 por el que se declaran zonas especiales de conservación (ZEC) treinta puestos de importancia comunitaria (LIC) de las Islas Baleares, y con plan de gestión aprobado mediante el Decreto 47/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión Naturaleza 2000 del Archipiélago de Cabrera. El decreto de declaración de la ZEC indica que “el Plan de Gestión Naturaleza 2000 del Archipiélago de Cabrera se incluye un LIC de ámbito marítimo-terrestre en el que se ha reconocido la continuidad ecológica del ecosistema marino con el espacio natural terrestre (informes de 24 de octubre de 2014 del director general de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y de 18 de febrero de 2015 del director del Instituto Español de Oceanografía).”

La Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental, establece en la Disposición adicional sexta que: “Se declaran uso prohibido en el ámbito de los espacios de relevancia ambiental marinos con continuidad ecológica reconocida la difusión, comercialización y realización de fiestas y eventos multitudinarios en embarcaciones con música o que alteren sensiblemente los niveles sonoros naturales del lugar, por el hecho de tratarse de una actividad incompatible con los objetivos de conservación de estos espacios protegidos y con el descanso de las personas que disfrutan de las playas y del litoral.

” Ante esto consideramos que esta fiesta incumplió las determinaciones de la LECO, y por tanto los hechos son constitutivos de infracción administrativa. Instamos por tanto a la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, como administración responsable de la aplicación de la norma y de la gestión del ZEC-ZEPA a llevar a cabo la investigación pertinente para identificar a los infractores e iniciar los correspondientes procedimientos sancionadores .


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