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El GOB se opone a la modificación de crédito del Ayuntamiento de Felanitx para la regeneración de playas

El GOB se opone a la modificación de crédito del Ayuntamiento de Felanitx para la regeneración de playas

Actualizado el 09/06/2020 12:06                Compartir

Desde el GOB hemos tenido conocimiento del Acuerdo de aprobación inicial de la modificación de crédito adoptado en la sesión del Pleno del Ayuntamiento de Felanitx de 11 de mayo de 2020, publicada en el BOIB núm 87 de 19 de mayo de 2020.

Tal como consta en el expediente, el objeto de esta modificación de crédito es la redacción del proyecto para la regeneración de algunas playas del municipio de Felanitx afectadas por la tormenta "Gloria" y se fundamenta en el carácter "indispensable" que tiene la tramitación del expediente "para la protección del interés general y para el funcionamiento básico de los servicios, de conformidad con el punto cuarto de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, modificado por Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, de declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por Covid 19 ".

Desde el punto de vista del GOB, esta modificación de crédito se fundamenta en la antijuricidad del objeto de la modificación de crédito, de su destino, en cuanto la regeneración de playas no supone ningún "actuación indispensable para la protección de la interés general o para el funcionamiento básico de servicios ", tal como literalmente dispone la norma citada

Todo lo contrario: la regeneración de playas y los movimientos de arena no pueden considerarse actuaciones de protección del interés general, sino al constrari, el gasto de dinero público en la regeneración artificial son dinero tirados al mar. Atendiendo las previsiones futuras de los impactos ya irreversibles del cambio climático, la comunidad científica advierte que los episodios tipo Gloria se repetirán con mayor frecuencia y más intensidad en los próximos años. Por tanto, las inversiones deberían dirigirse a mitigación y sobre todo a adaptación de la primera línea de la costa en estos escenarios futuros. La aportación de arena quedará a expensas de la acción de temporales, que la devolverán al mar, como demuestra la experiencia de regeneraciones de playas que ya conocemos. - Por otra parte, las posibles afectaciones a la biodiversidad y ecosistemas marinos, alrededor pesquero y los hábitats y especies no pueden ignorarse. Las actuaciones de regeneración artificial son muy perjudiciales para el medio marino y no constituyen una medida para evitar la degradación costera. La mayoría de actuaciones de este estilo tienen un grave impacto ambiental relacionados con la erosión del fondo de donde se extrae la arena, el aumento de la turbidez del agua, el entierro de las comunidades marinas y el cambio en la sedimentología y configuración natural de la costa. El interés general radica en la conservación de estos hábitats y ecosistemas marinos, no en la explotación económica y uso intensivo de las playas.

Tampoco es indispensable el movimiento de arena para "el funcionamiento básico" de ningún servicio, ya que el único servicio que puede considerarse esencial o básico, en situación de COVID19 o post COVID19, es el de socorrismo y este no requiere ningún movimiento de arena para desarrollarse. En ningún caso, se puede considerar como "funcionamiento básico de los servicios" el funcionamiento de bares y xibius de las playas. En absoluto pueden considerarse servicios necesarios ni básicos.

Por todo ello, desde el GOB pedimos no aprobación definitiva de la modificación de crédito 05.2020 destinada al proyecto de regeneración de playas del municipio de Felanitx, así como la retirada de este proyecto del ámbito de actuación del Ayuntamiento de Felanitx.


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