Actualizado el 19/09/2013 15:28 Compartir
El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha rechazado la petición de Diego Torres de incluir a la causa la grabación audiovisual de su declaración y del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, el pasado 16 de julio ante el Juzgado de Primera Instancia de Barcelona, a raíz de la demanda del yerno del Rey por presunta vulneración del derecho al honor en los correos electrónicos difundidos en diversos medios de comunicación.
En un auto judicial, Castro recuerda que esta vista, en la que Urdangarin defendió prohibir la difusión de sus correos para proteger su intimidad, fue celebrada a puerta cerrada por orden del Juzgado competente, porque "así lo estimó necesario por razones de orden público y de protección de derechos y libertades".
Por ello, el magistrado considera que "no parece ajustado" a derecho que el Juzgado de Palma "contraríe" al de Barcelona incorporando al caso Nóos la grabación audiovisual de aquel acto, dado que, a su juicio, "acabará indefectiblemente difundiéndose, máxime cuando este mismo Juzgado ha decidido no entregar a las partes copia de las grabaciones de actuaciones que han tenido lugar en su seno".
Asimismo, Castro tampoco ha admitido otra petición formulada por Torres para que se incorporara a la causa una revista que publica determinados correos electrónicos de Urdangarin, teniendo en cuenta que, en opinión del juez, su contenido no representa "ningún interés" para el caso Nóos.
En el citado auto judicial, Castro revela que este miércoles, el abogado del Duque de Palma presentó un escrito solicitando que el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma acordara no admitir las citadas peticiones de Torres y que se acordase su destrucción.
Sin embargo, el magistrado ha indicado que tanto la grabación audiovisual, como la citada revista serán devueltos a su presentante y "no destruidos como se pide, ya que aparte de tratarse de documentos reproducidos por medios mecánicos", considera que es "inútil" su destrucción, al tiempo que son "legítimamente propiedad de quien los presenta".
Cabe recordar que en su declaración en el Juzgado de Primera Instancia, número 46 de Barcelona, en la que coincidió con Torres, Urdangarin solicitó que se mantuviera la prohibición de la difusión de sus correos electrónicos personales para proteger su intimidad.
Concretamente, en esta vista, que se celebró en una sala vetada al público y a los medios de comunicación a petición de Urdangarin, el duque de Palma demandó a su exsocio al acusarle de difundir correos electrónicos privados a ocho grupos de comunicación para causarle un perjuicio porque, según aseguró, hubiera sido imposible su difusión "sin la intervención del señor Torres".
Precisamente, el pasado 30 de julio, la magistrada del Juzgado de Primera Instancia 46 de Barcelona levantó la prohibición a los medios de comunicación de difundir los correos electrónicos personales de Iñaki Urdangarin, estimando así el recurso presentado por las siete empresas de comunicación demandadas por el yerno del Rey. No obstante, mantuvo la prohibición de difundir los emails a Diego Torres.
Respecto a Torres, la jueza consideró que pese a que ha declarado que no tiene ningún correo y nunca ha tenido intención de publicarlos, "es evidente que dispone de los mismos" y que puede acceder a ellos tal y como ha quedado demostrado durante la instrucción del caso Nóos.
Cabe destacar que el pasado 15 de abril de 2013, se adoptó la medida cautelar de prohibir la difusión de los correos a petición de Urdangarin, que presentó una demanda contra siete empresas de comunicación y contra Diego Torres porque creía que en un breve periodo de tiempo iban a publicar correos íntimos con cuestiones personales y familiares.
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