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El Consell de Govern aprueba el decreto de ayudas para menores víctimas de la violencia machista

El Consell de Govern aprueba el decreto de ayudas para menores víctimas de la violencia machista

Actualizado el 23/08/2019 14:01                Compartir

Este viernes el Consell de Govern ha aprobado, a propuesta de la consellera de Asuntos Sociales y Deportes, el Decreto de ayudas para personas menores de edad víctimas de violencia machista o conyugal o entre personas con una relación análoga, tal como prevé la Ley de apoyo a las familias aprobada hace un año.

La normativa establece que pueden recibir estas ayudas los menores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

— Cuando uno de sus progenitores haya muerto como consecuencia de haber sido víctima de violencia machista o conyugal, o entre personas con una relación análoga a la conyugal.
— Cuando uno de sus progenitores sufra un grado de discapacidad igual o superior al 33 % como consecuencia de haber sido víctima de violencia machista, en cada uno de sus supuestos.

Ayudas equivalentes al 80 % del IPREM mensual

Esta prestación social es complementaria de otras prestaciones del sistema público. De hecho, los niños y jóvenes huérfanos a consecuencia de la violencia machista perciben una ayuda estatal. La ayuda autonómica que se ha aprobado hoy prevé una cuantía mensual de 438,88 €, que supone el 80 % del IPREM, que actualmente es de 548,60 €.

El decreto autonómico va más allá del estatal porque posibilita que también reciban la prestación los menores víctimas de esta violencia que tengan un progenitor con un grado de discapacitado del 33 % o superior provocada por la agresión.

En el marco de este decreto, se entiende como relación análoga a la conyugal aquella relación de la que se pueda acreditar la formalización, con carácter previo a los hechos. También se incluyen las parejas en los casos en que, a pesar de no haber formalizado su unión, se puedan demostrar una convivencia estable antes de los hechos y descendencia en común.

Beneficiarios

Los menores víctimas de la violencia machista o conyugal podrán recibir esta prestación hasta que cumplan 22 años y, excepcionalmente, hasta cumplir los 25 si cursan estudios académicos o formativos.


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