Sociedad

IBFamilia rechaza la implantación en todos los colegios del programa afectivo sexual 'Amb tots el sentits'

Actualizado el 14/07/2019 13:16                Compartir

El Instituto Balear de la Familia (IBFamilia) rechaza la implantación del programa de educación afectivo sexual del Govern "Amb totos el sentits" en todas las escuelas , públicas y concertadas:

Ya IBFamilia a raíz de la publicación ayer del "Anuari de la Joventut de les Illes Balears 2018" donde se indica que los menores consumen pornografia a partir de los 12 años ,denunció que el Govern promocionaba la pornografía en su recurso educativo "Amb tots els sentits". Concretamente en el apartado 6.Relaciones sexuales donde se indica que "En la adolescencia, si no se dispone de más información, las películas pornográficas se pueden utilizar como un modelo a seguir en las relaciones sexuales".

En el Anuario se indica que los menores consumen pornografia a partir de los 12 años y en el que según los expertos , este consumo, se puede "relacionarlo con el recurso a los servicios de prostitución entre los adolescentes" señalando ademas que una cuestión preocupante «es el de las prácticas sexuales de riesgo a partir de los modelos que los jóvenes observan en la pornografía. Así, el consumo prematuro y habitual de pornografía puede inutilizar el efecto de las campañas oficiales y no oficiales contra las prácticas de riesgo, la prostitución o incluso contra la violencia de género».

Ya en su momento IBFamilia lo denunció ante la ODDM e incluso un partido político hizo una pregunta parlamentaria al Conseller March sobre este tema.

Pues es ahora cuando los expertos afirman la denuncia que hizo IBFamilia y resaltan el peligro en la promoción de la pornografía entre menores como así hace el programa "Amb tots els sentits"

Los padres disconformes con el programa “Amb tots els sentits” implantado en las escuelas tienen el derecho a exigir que la exposición de la materia no contradiga la formación moral que desean para sus hijos, como así lo ha reiterado en numerosas sentencias del Tribunal Supremo y por lo tanto la intención de la FAPA es contraria al derecho fundamental que tienen los pades a la educación de sus hijos.

Los art. de la CE números 16.1 (libertad ideológica, religiosa y de culto) y 27.3 (derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones) y el mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos equipara a esos efectos las convicciones filosóficas con las religiosas: “Ni la Administración educativa, ni los centros docentes ni los profesores pueden imponer o inculcar puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas”

Este programa incluye “la educación afectivo-emocional” junto con “orientación afectivo-sexual”, pretendiendo expresamente conformar en los alumnos una conciencia moral concreta imponiéndoles como normas morales una serie de valores morales concretos, que son los elegidos por la administración autonómica.

Que los contenidos fijados en este programa respeten efectivamente el art. 27.3 CE, depende de cómo se concrete la enseñanza de la asignatura según el proyecto educativo del centro, los libros de texto que se usen y la manera de exponerlos. Pues que la regulación general de la materia sea ajustada a derecho no autoriza a la Administración educativa -ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores- a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas. Este taller debe impartirse sin vulnerar la “neutralidad ideológica” a que está obligado el Estado en materia educativa.

Lo cual puede no darse de hecho. Y cuando proyectos [educativos de centro], textos o explicaciones incurran en tales propósitos, ese derecho fundamental [de los padres a definir la formación moral para sus hijos] les hace acreedores de la tutela judicial efectiva, preferente y sumaria que han de prestarles los Tribunales , los cuales habrán de utilizar decididamente, cuando proceda, las medidas cautelares previstas en la Ley de la Jurisdicción para asegurar que no pierdan su finalidad legítima los recursos que se interpongan.

Es por todo ello que IBFamilia exije la retirada de dicho programa , reitera su denuncia realizada ante la ODDM sobre adoctrinamiento sexual y pide que se ponga a disposición de los padres el contenido y material que se impartirá y la autorización expresa para que sus hijos asistan a dicho programa.


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