Actualizado el 24/07/2013 08:15 Compartir
En su sentencia, el Alto Tribunal considera probado cómo el exprimer edil cobró hasta 13.080 euros por la labor que habría efectuado para la extinta formación, abonados desde el Instituto de Estrategia Turística (Inestur) -dependiente de la Conselleria-. "Nadal, siendo el beneficiario de aquellos servicios, tenía capacidad política y administrativa para compensarlos, bien que ilícitamente, como resulta que en efecto se hizo", señala el TS.
La sentencia, que desestima uno a uno los argumentos vertidos en su recurso de casación por el letrado de Nadal, José Zaforteza, tilda de "abrumadoramente irregular" el contrato menor suscrito entre el Inestur y Plomer por unos servicios que no entrañaban trabajo alguno, e incide en que la orden desencadenante "tuvo que provenir del más alto nivel del organigrama: de alguien con capacidad autónoma 'de facto' para contratar al margen de la Ley, esto es, de Nadal".
La Sala de lo Penal refuerza su fundamento en la "total irregularidad" del contrato rubricado; en el dato de que Plomer había prestado servicios políticos que Nadal tenía interés en compensar; en que la decisión de hacerlo de este modo, además de penalmente relevante, es política, y en que esa clase de decisiones "sólo podía tomarlas el que contase con el necesario poder político y la posición idónea en el organigrama de la Conselleria".
Los magistrados recriminan asimismo que el letrado de Nadal "se prodiga en toda una serie de consideraciones del peculiar marco político general de UM", si bien "son por completo periféricas y ciertamente ajenas al objeto de la causa". En este sentido, rebaten la denuncia del abogado de que se ha producido un sesgo en el tratamiento de las pruebas, ante lo cual el TS subraya que la actitud de la Audiencia al respecto fue de un "rigor encomiable".
El Alto Tribunal recalca cómo de los hechos se desprende que el papel de los demás acusados en favor de Plomer -el exgerente del Instituto de Estrategia Turística (Inestur) Antonio Oliver, la exresponsable del Centro de Investigaciones y Tecnologías Turísticas de las Islas Baleares (CITTIB) María Luisa Tortella, y el exdirector general de Promoción Turística Joan Sastre- "fue debida a la iniciativa de Nadal que, por su posición en ese área de la Administración balear -como conseller de Turismo-, gozaba de poder necesario al efecto".
Cabe señalar que se trata de la tercera condena que pesa sobre Nadal, después de que ya fuera condenado a dos años y siete meses de prisión en el marco del llamado caso Maquillaje por un desvío de 240.000 euros públicos a la productora que controlaba junto a la expresidenta del Consell Maria Antònia Munar, a través de testaferros, mientras ambos eran máximos responsables de la Institución insular.
Mientras tanto, este mismo martes ha sido condenado a otros cuatro años de cárcel en el marco del caso Can Domenge, por su intervención en la venta irregular de los solares palmesanos por treinta millones de euros a la promotora Sacresa, por debajo de su valor en el mercado.
Nadal es, además, el exalto cargo público de Baleares que se encuentra imputado en un mayor de casos: se trata, además de Voltor y Maquillaje, de los casos Son Oms, Can Domenge, Llompart, Ibatur y en una séptima centrada en la presunta financiación ilegal de UM.
Se da la circunstancia de que, en el marco del caso Voltor, Nadal fue arrestado en febrero de 2010 mientras ostentaba los cargos de consejero de la Consejería de Turismo y concejal en el Ayuntamiento de Palma. Sin embargo, no fue su única detención puesto que en junio de 2011 volvería a ser privado de libertad dentro del caso Ibatur, cuyas pesquisas se centraban hasta entonces en otro supuesto desvío de millones de euros públicos en la última legislatura de Jaume Matas, para posteriormente extenderse a la actuación de UM.
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