Actualizado el 20/07/2021 14:25 Compartir
Es importante recordar que esta ley permite a las personas insolventes volver a empezar y, por tanto, esta medida contribuiría a que los empresarios y empresarias insolventes y sobre endeudados puedan disfrutar de la exoneración de las deudas en un periodo de tiempo razonable, reiniciando su actividad empresarial y haciendo posible una segunda oportunidad real como así lo han sugerido organismos internacionales como el FMI o el Banco Mundial.
En palabras del presidente de CONPYMES, José Luis Roca “En los procesos de reestructuración de deuda y de ejecución y concursales habría que acabar con los privilegios de los acreedores hipotecarios y públicos, ya que deberían dejar de ser créditos privilegiados y debería arbitrarse a través de la mediación administrativa obligatoria extrajudicial, que está previsto incluirse en los procedimientos judiciales en varios anteproyectos de ley que nunca ven la luz pública”.
Desde la Patronal consideran imprescindible que las deudas con la Seguridad Social y Hacienda no queden excluidas de la Ley de Segunda Oportunidad, ya que es la única posibilidad que se haga efectivo el objetivo que persigue la ley de dar una nueva oportunidad a las personas que por cualquier motivo han llegado a una situación de endeudamiento excesivo.
PIMEM defiende que se eliminen las medidas formales como la suspensión de requisitos para la presentación del concurso de acreedores que lo único que consiguen es dilatar el proceso e indica que es necesaria una reforma profunda en la que se regulen estructuras como la disminución de los privilegios de los acreedores hipotecarios y de las administraciones públicas.
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