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El Govern recibe más de 1.000 solicitudes del 'Cheque Canguro' para cubrir los gastos de la escuela matinal

El Govern recibe más de 1.000 solicitudes del 'Cheque Canguro' para cubrir los gastos de la escuela matinal

Actualizado el 20/07/2026 11:21                Compartir

El Govern de las Illes Balears, a través de la Conselleria de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, ha recibido más de 1.000 solicitudes del “Cheque Canguro” para cubrir los gastos de la escuela matinal. El trámite del programa 2 de este cheque, que se abrió el pasado 1 de julio, permite subvencionar los costes asociados a servicios de atención, cuidado y custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas, incluidos los centros de educación infantil y de educación especial durante el período escolar.

En cuanto a la cuantía económica de las solicitudes presentadas, la mayor parte se sitúa entre los 300 y 500 euros aproximadamente. Esta subvención, que se puede solicitar hasta el día 31 de julio, cubre los gastos de la guarda antes del horario lectivo y la guarda después del comedor o de la jornada escolar. En este sentido, las familias pueden recibir hasta un máximo de 1.000 € por menor.

Campamentos y escuelas de verano, a partir de septiembre

En cuanto a los costes de los campamentos y las escuelas de verano, la otra principal novedad de este segundo "Cheque canguro", las ayudas se podrán solicitar entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre. En este programa 3 se cubren los costes de los campamentos, las escuelas de verano, de Pascua y Navidad, y otros servicios de atención, cuidado y custodia, tanto privados como públicos, dentro del ámbito de las Illes Balears, con la finalidad de facilitar la conciliación.

1.000 € por menor

Cabe señalar que el importe máximo conjunto tanto para la escuela matinal como para los campamentos y las escuelas del período de vacaciones escolares es de un máximo de 1.000 € por menor y se pueden distribuir indistintamente entre las acciones subvencionables de los dos programas.

Se mantiene la contratación para el cuidado de menores

Tal como se hizo en la primera edición, en este "Cheque canguro" en el programa 1 se mantiene la subvención de cubrir los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados de la contratación de un trabajador o trabajadora del hogar para el cuidado de menores. Así, cada familia se puede beneficiar de hasta un máximo de 4.000 € en este programa. En este caso, la solicitud se puede hacer entre el 1 y el 31 de octubre de 2026.

Los tres programas son compatibles y se pueden presentar solicitudes para optar a los tres. De este modo, las familias se pueden beneficiar de hasta 4.000 € en la contratación de una persona para el cuidado de menores y de hasta 1.000 € por cada menor en actividades como la escuela matinal y los campamentos.

Requisitos

En cuanto a los requisitos generales para poder solicitar la ayuda, son los siguientes:

  • Acreditar el empadronamiento y la residencia en las Illes Balears en el momento de presentar la solicitud y durante el período subvencionable.

  • Demostrar la situación de actividad laboral o asimilada, por cuenta propia o ajena, que justifique la necesidad de conciliación.

  • Tener una renta per cápita familiar inferior a 30.000 € anuales (suma de los ingresos anuales de la unidad familiar dividida por el número de miembros).

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.

  • Conservar la documentación justificativa durante cinco años.

Por otra parte, no podrán ser beneficiarias las personas en las que se produzca alguna circunstancia de prohibición para obtener subvenciones, las que no estén al corriente de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, o las que tengan obligaciones de reintegro pendientes.

Las ayudas se conceden por orden de entrada de las solicitudes completas y válidas, sin comparación entre solicitudes, hasta agotar el crédito disponible. Cada solicitud da lugar a un procedimiento autónomo, con la resolución de concesión y pago correspondiente.

Documentación

En cuanto a la documentación común, es la siguiente:

  • Solicitud y declaraciones responsables.

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Libro de familia o documento equivalente.

  • Documentación acreditativa de familia monoparental, numerosa, tutela o acogimiento, si procede.

  • Formulario de otorgamiento de representación, si procede.

En la página web de la Dirección General de Conciliación e Igualdad en el Ámbito Laboral hay información relativa a esta convocatoria, así como un formulario con las preguntas más frecuentes.

Más información en la página web: https://www.caib.es/webgoib/es/-/nou-xec-cangur


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