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Multa de 82.379 euros por unas obras sin autorización en zona de protección de servidumbre de protección de costas

Multa de 82.379 euros por unas obras sin autorización en zona de protección de servidumbre de protección de costas

Actualizado el 20/11/2019 12:14                Compartir

La Dirección general de Territorio y Paisaje ha impuesto a un particular una multa de 82.379,08 euros por la comisión de una infracción grave de la Ley de costas, que consistía en la ejecución de obras de reforma y ampliación a una vivienda en zona de servidumbre de protección de costas, sin autorización ni declaración responsable. La vivienda está ubicada en el término municipal de Santa Eulària des Riu.

La propuesta inicial de sanción ascendía a los 137.298,46 euros, pero el infractor se ha acogido al derecho de percibir una reducción del 20 % por el reconocimiento de responsabilidad, así como otra reducción del 20 % por la solicitud de pago voluntario anterior a la resolución del procedimiento. De este modo, renuncia a recorrer contra la sanción y, de hecho, ya ha abonado la cantidad.

El procedimiento lo inició, el pasado día 30 de julio, la directora general de Territorio y Paisaje, Magdalena Pons, atendiendo al boletín de denuncia levantado por el celador del Servicio de Costas y Litoral de Eivissa el día 12 de junio. En la resolución de inicio se ordenaba la paralización inmediata de las obras.

Entre las acciones sancionadas, hay la ampliación en 80,36 m2 de la vivienda principal de la parcela. Además, se ejecutaban reformas en una superficie de 161 m2. Como consecuencia de estas reformas, un garaje preexistente cambiaba de uso y se convertía en cocina-comedor. A parte, se reformaba integralmente un apartamento aislado de 57 m2 y la piscina. También se construían dos terrazas: una de 68 m2 delante del apartamento, con demolición previa de jardineras, y otra de 65 m2 delante de la nueva cocina-comedor.

Todas estas acciones se han considerado constitutivas de una infracción grave de la Ley de costas, tipificada en el artículo 90.2.g) de esta Ley y en el artículo 191.2.g) del Reglamento general de costas que tipifican «la realización de construcciones no autorizadas» en zona de servidumbre de protección.


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