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Govern: Las ZEPA no suponen ningún perjuicio a las actividades agrícolas, ganaderas o cinegéticas

Govern: Las ZEPA no suponen ningún perjuicio a las actividades agrícolas, ganaderas o cinegéticas

Actualizado el 19/01/2019 07:54                Compartir

Ante la preocupación mostrada por la organización agraria ASAJA respecto de la ampliación de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) aprobada este viernes, en Consell de Govern, la conselleria de Medi Ambient, Agricultura i Pesca quiere aclarar los siguientes aspectos:

La declaración de ZEPA en zonas agrarias no supone ningún perjuicio al sector. Al contrario, posibilita que en estas zonas lleguen más ayudas a través del Plan de Desarrollo Rural (PDR). La Unión Europea insiste, cada vez más, en asociar la agricultura con las prácticas medioambientales. Justamente, el agrosistema que presenta un mayor grado de recesión, actualmente, en el continente, es aquel con presencia de avifauna vinculada a los usos agrarios. Por este motivo, se ha decidido declarar las ZEPA del Pla de Vilafranca y del Pla d’Es Blanquer.

La declaración de ZEPA en una zona agraria conlleva, de manera implícita, el reconocimiento del beneficio de las actividades agrícolas para las aves. Por tanto, suponen un compromiso explícito con el mantenimiento de las actividades agrícolas. Y es por este motivo que el PDR da prioridad a la concesión de ayudas en estas zonas, nunca como una compensación por perjuicios a los agricultores.

La declaración de ZEPA, por si misma, no supondrá ningún cambio en las prácticas agrarias, ganaderas o cinegéticas existentes. Es más, el Acuerdo del Consell de Govern explicita que estas prácticas están garantizadas y que el Govern las potenciará. Por tanto, ni se impondrá ningún tipo de cultivo ni se prohibirá la caza. Cabe subrayar que serán los futuros planes de gestión los que expliciten las actividades permitidas en las ZEPA. Y que estos planes de gestión serán consensuados con todos los actores implicados, tal como se comprometió la conselleria hace dos años, cuando anunció la revisión de las ZEPA.

Actualmente, se puede cazar en 15.000 ha de ZEPA en les Illes Balears y en 8.000.000 de hectáreas ZEPA en España. La práctica cinegética solo está prohibida, en Mallorca, en el Parc Natural de s’Albufera y en la Reserva Natural de s’Albufereta pero no por su condición de ZEPA sino por ser reserva natural o por la calificación pública del espacio.

Las ZEPA no son una figura de protección urbanística y, por tanto, su declaración no supone mayores impedimentos a la construcción de infraestructuras necesarias para la práctica de la agricultura como, por ejemplo, invernaderos. Es cierto que para todas esas construcciones que requieran de la tramitación del interés generales para construir en suelo rústico, se requerirá un informe de afección a la dirección general de Espais Naturals i Biodiversitat.

Las siguientes actividades no requerirán de informe de afección:


  • 1. Tareas ordinarias para el mantenimiento de la explotación agraria o para la obtención de productos agrícolas, ganaderos o forestales.
  • 2. La rehabilitación, reparación o reconstrucción de bancales, paredes secas, o muros de contención existentes y la instalación de puertas o barreras de acceso en las fincas.
  • 3. Reparación o rehabilitación de balsas, piscinas, lavaderos, aljibes y otros sistemas de captación y almacenaje de agua para uso doméstico y agrícola, ganadero o forestal.
  • 4. Actuaciones de mantenimiento de caminos, cuyo objetivo sea la reposición de las condiciones en las cuales será construido el camino y manteniendo las características de diseño, materiales y técnicas constructivas sin cambios de trazado ni de amplitud.
  • 5. Las tareas de mantenimiento ordinario de la red viaria (repintado de las líneas de la carretera, reparación de hoyos cuando la maquinaria y los materiales ocupen solo la superficie de la carretera y colocación de señales)
  • 6. Reparaciones y reformas interiores de construcciones existentes sin aumento de volumen o de superficie; cambio de ventanas o otros elementos de la fachada y cambios y reparaciones de tejados, incluida la instalación en tejados de equipamientos eléctricos, energéticos y de telecomunicaciones (se incluyen aquí las antenas de telecomunicaciones y las placas solares).
  • 7. Actuaciones relacionadas con investigaciones científicas que no conlleven una intervención en el medio.
La conselleria ha respondido todas las alegaciones recibidas y las ha incluido en el expediente que se puede consultar por parte de cualquier interesado. Este es el procedimiento habitual.

La ampliación cuenta con el apoyo de un informe del Servei de Protecció d’Espècies que incluye los últimos avistamientos de aves en les Illes Balears.

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