Sociedad

El Govern 'blinda por ley' las prestaciones y los servicios dirigidos a familias 'más vulnerables'

El Govern 'blinda por ley' las prestaciones y los servicios dirigidos a familias 'más vulnerables'

Actualizado el 16/03/2018 13:04                Compartir

El Consell de Govern ha aprobado este viernes el Anteproyecto de ley de apoyo a las familias, una normativa que "blinda" las prestaciones y los servicios dirigidos a las familias "más vulnerables", según ha informado la consellera de Servicios Sociales, Fina Santiago.

En la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, ha explicado que la ley, que ahora pasará a trámite parlamentario, considera a las familias monoparentales con más de un hijo "de especial protección social" y crea una nueva prestación para menores víctimas de violencia machista.

Entre los colectivos prioritarios que define la ley se encuentran 22.000 familias numerosas, 9.800 familias monoparentales asimiladas a numerosas, 15.000 familias con personas con discapacidad de más del 40 por ciento y 6.800 familias con personas con dependencia de grado dos.

Santiago ha remarcado que con esta nueva norma, se elevan a "rango de ley" las ayudas y los servicios destinados a las familias por parte de las administraciones públicas.

La consellera ha explicado que la ley tiene "un carácter administrativo" y en ella no habla del "concepto de familia" porque, tal como ha remarcado, "la diversidad es muy grande".

Así, ha remarcado que la diferencia con la ley propuesta por el PP está "en el debate ideológico" cosa en la que esta ley "no entra". "La ley del PP es muy extensa y de carácter muy conservador", ha remarcado.

FAMILIAS MONOPARENTALES

En concreto, las familias monoparentales con más de un hijo o hija (o un solo hijo o hija con grado de discapacidad) se equipararán a las familias numerosas en el régimen de ayudas y exenciones de ámbito autonómico.

De esta manera, se definen como monoparentales las familias formadas por uno o más hijos que viven con una sola persona (progenitor, tutor, acogedor o adoptante); las familias en las que la persona responsable de la guarda del menor convive con otra persona, pero con la cual no tiene ninguna relación matrimonial o unión estable de pareja; las familias en las que la persona responsable de la guarda del menor no percibe ninguna pensión por alimentos de los hijos y las familias en las que la persona responsable del menor ha sufrido una situación de abandono.

Asimismo, se incluyen también como familias de especial protección las que estén en una situación de vulnerabilidad económica, que se corresponden con las familias beneficiarias de la renta social, de la renta mínima de inserción o de un subsidio de paro.

RIESGO SOCIAL

En relación con las familias de riesgo social, son aquellas en las que hay menores de edad declarados en situación de riesgo por el sistema de protección de menores o aquellas en las que el menor haya regresado después de cumplir una medida de protección o de justicia juvenil.

Por otro lado, el anteproyecto también prevé la creación, por primera vez, de una ayuda económica para los menores víctimas de violencia machista que hayan quedado huérfanos de madre o bien la madre tenga una discapacidad igual o superior al 33% derivada de este tipo de violencia.

Comentarios

Ahora en portada
Noticias Mallorca