Actualizado el 22/01/2020 07:06 Compartir
La Audiencia Nacional investiga a la empresa catalana Tous por vender piezas de joyería rellenadas con material no metálico, en contra de lo que establece la legislación vigente. Según informa El Independiente, el Juzgado Central de Instrucción 1 ha abierto diligencias previas tras la denuncia interpuesta el pasado 12 de diciembre por la Fiscalía, que aprecia indicios de la comisión de delitos de estafa continuada, falsedad documental, publicidad engañosa y corrupción en los negocios.
El miércoles 22 de enero están llamados a declarar, por el juez Santiago Pedraz, en calidad de investigados representantes legales de Tous y de Applus Laboratories, firma encargada del control de las piezas, a la espera de que avance la instrucción y puedan personalizarse eventuales responsabilidades penales.
El origen está en la denuncia presentada por Consujoya el pasado 14 de diciembre ante la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil en Córdoba. En la misma, ponía en conocimiento de los investigadores policiales la detección de piezas que Tous publicitaba como de oro de 18 o 24 quilates o plata de primera ley poseían en su interior un material no metálico.
Así lo indicaron tanto el laboratorio de análisis y contraste de metales preciosos Ecomep como el Instituto Universitario de Nanoquímica de la Universidad de Córdoba tras analizar piezas que Consujoya había adquirido en tiendas de Córdoba y Málaga y a través de la web de Tous. Los análisis concluían "ausencia de material metálico y la existencia de una estructura hidrocarbonada en las piezas".
Operación Kodiak
La Guardia Civil de Córdoba puso en marcha entonces la Operación Kodiak de la mano de la Fiscalía de Córdoba, que terminó inhibiéndose en favor de la Fiscalía de la Audiencia Nacional al entender que es el competente de los hechos por tratarse de un presunto fraude que "puede afectar a multitud de productos, distribuidos por todo el territorio nacional y la Unión Europea".
La investigación gira en torno a si Tous comercializa piezas de joyería como si fueran íntegramente de metales precioso, como las que tienen forma de oso, niño, casa, elefante o corazón, cuando el interior está relleno de un polímero. "La legislación vigente establece que la composición será la misma en todas las partes del objeto, por lo que no cabe la posibilidad en ninguno de los casos de que el relleno de estas piezas sea de un material diferente, tal y como ocurre en las piezas estudiadas", señala la Guardia Civil en su informe.
El relleno de piezas de metales preciosos con materiales no metálicos, señalan los investigadores, sólo se permite en casos muy puntuales, como para dar estabilidad en vasijas y candelabros, pero "no para piezas de joyería".
"La empresa Tous está comercializando piezas de joyería rellenas de un material no metálico incumpliendo lo dispuesto en la legislación vigente. Se intuye que la finalidad de esta práctica es abaratar costes en la fabricación de piezas de metales preciosos manteniendo el peso y la apariencia de una pieza sólida, compuesta únicamente por metal precioso", concluye la Guardia Civil.
Publicidad engañosa, estafa, falsedad
La Fiscalía entiende que, indiciariamente, la firma catalana estaría vendiendo productos ofertados como de un determinado metal sin que deban tener dicha consideración, lo que permitirá su tipificación en esta fase de la investigación como un posible delito de estafa.
Los hechos incurrirían también en publicidad enañosa al vender al consumidor un producto con unas características que en realidad no tendría. Así como, señala El Independiente, en corrupción entre particulares (bien sea en su modalidad activa o pasiva): el directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa o sociedad que "reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificado de cualquier naturaleza".
Además, las investigaciones trata de determinar la posible comisión de un delito de falsedad, derivado del control o señales con las que deben ser marcados los objetos de metales preciosos como control de su idoneidad. De ahí que las pesquisas alcancen a Applus Laboratories, la firma que se habría encargado de la citada prueba.
El Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos establece en su artículo 67 que "en los objetos de oro y de plata que se expongan al público para su comercialización se hará constar de forma explícita la ‘ley’ de la aleación, bajo las expresiones 'oro de primera ley', 'oro de segunda ley', 'plata de primera ley' y 'plata de segunda ley'".
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