Sociedad
Ya puede solicitarse el «Cheque canguro» para cubrir los gastos de la escuela matinal con un importe de hasta 1.000 € por niño o niña

Ya puede solicitarse el «Cheque canguro» para cubrir los gastos de la escuela matinal con un importe de hasta 1.000 € por niño o niña

Actualizado el 01/07/2026 13:55                Compartir

A partir de hoy, las familias de Baleares ya pueden solicitar el «Cheque canguro» para cubrir los gastos de la escuela matinal con un importe de hasta 1.000 € por niño o niña. En este sentido, hoy se abre el trámite del programa 2 del «Cheque canguro», en el que se subvencionan los costes asociados a servicios de atención, cuidado y custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas, incluidos los centros de educación infantil y de educación especial durante el periodo escolar.

Esta subvención, que hoy se pone en marcha y que se puede solicitar hasta el día 31 de julio, cubre los gastos de la guarda antes del horario lectivo y la guarda después del comedor o de la jornada escolar. En cuanto al importe económico que las familias pueden recibir a través de esta línea de ayudas, es de un máximo de 1.000 € por niño o niña.

Campamentos y escuelas de verano, a partir de septiembre

En cuanto a los costes de los campamentos y las escuelas de verano, la otra principal novedad de este segundo «Cheque canguro», las ayudas podrán solicitarse entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre. En este programa 3 se cubren los costes de los campamentos, las escuelas de verano, de Pascua y Navidad y otros servicios de atención, cuidado y custodia, tanto privados como públicos, dentro del ámbito de Baleares, con la finalidad de facilitar la conciliación.

1.000 € por niño o niña

Cabe señalar que el importe máximo conjunto tanto para la escuela matinal como para los campamentos y las escuelas del periodo de vacaciones escolares es de un máximo de 1.000 € por niño o niña y pueden distribuirse indistintamente entre las acciones subvencionables de los dos programas.

Se mantiene la contratación para el cuidado de menores

Tal y como se hizo en la primera edición, en este «Cheque canguro» en el programa 1 se mantiene la subvención de cubrir los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados de la contratación de un empleado o empleada del hogar para el cuidado de menores. Así, cada familia se puede beneficiar de hasta un máximo de 4.000 € en este programa. En este caso, la solicitud puede realizarse entre el 1 y 31 de octubre de 2026.

Los tres programas son compatibles y pueden presentarse solicitudes para optar a los tres. De esta manera, las familias pueden beneficiarse de hasta 4.000 € en la contratación de una persona para el cuidado de menores y hasta 1.000 € por cada niño o niña en actividades como la escuela matinal y los campamentos.

Requisitos

En cuanto a los requisitos generales para poder solicitar la ayuda, son los siguientes:

  • Acreditar el empadronamiento y la residencia en Baleares en el momento de presentar la solicitud y durante el periodo subvencionable.
  • Demostrar la situación de actividad laboral o asimilada, por cuenta propia o ajena, que justifique la necesidad de conciliación.
  • Tener una renta per cápita familiar inferior a 30.000 € anuales (suma de los ingresos anuales de la unidad familiar dividida por el número de miembros).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.
  • Conservar la documentación justificativa durante cinco años.

Por otro lado, no podrán ser beneficiarias las personas en las que se produzca alguna circunstancia de prohibición para obtener subvenciones, las que no estén al corriente de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, o las que tengan obligaciones de reintegro pendientes.

Las ayudas se concederán por orden de entrada de las solicitudes completas y válidas, sin comparación entre solicitudes, hasta agotar el crédito disponible. Cada solicitud dará lugar a un procedimiento autónomo, con la correspondiente resolución de concesión y pago.

Documentación a presentar

En cuanto a la documentación común, es la siguiente:

  • Solicitud y declaraciones responsables.
  • Certificado de titularidad bancaria.
  • Libro de familia o documento equivalente.
  • Documentación acreditativa de familia monoparental, numerosa, tutela o acogimiento, en su caso.
  • Formulario de otorgamiento de representación, en su caso.

En la página web de la Dirección General de Conciliación y de Igualdad en el Ámbito Laboral está disponible la información relativa a esta convocatoria, así como un formulario con las preguntas más frecuentes.

Más información en la página web: https://www.caib.es/webgoib/es/-/nou-xec-cangur


Ahora en portada
Noticias Mallorca