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Agricultura informa que desde este viernes y hasta el día 15 de junio se podrán solicitar las ayudas para paliar los efectos de la sequía

Agricultura informa que desde este viernes y hasta el día 15 de junio se podrán solicitar las ayudas para paliar los efectos de la sequía

Actualizado el 02/05/2024 15:00                Compartir

El Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) publica hoy, 2 de mayo, la convocatoria del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural, de las ayudas al sector agrario para alimentar el ganado y garantizar la continuidad de las explotaciones en las Illes Balears para paliar los efectos de la sequía. Así, el plazo para presentar las solicitudes se inicia mañana, 3 de mayo, y estará abierto hasta el día 15 de junio.

Hay que recordar que se trata de una convocatoria dotada con cuatro millones de euros distribuidos de la siguiente manera: tres millones de euros se destinan a la convocatoria de ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas para la adquisición extraordinaria de alimentos para los animales de producción de su explotación y un millón de euros se destina a las ayudas para los titulares de explotaciones agrarias por los gastos invertidos en la campaña de siembra de invierno y primavera de cereales, leguminosas o forrajes.

Entre los requisitos para optar a la ayuda para la adquisición extraordinaria de alimentos para los animales de producción, hay que destacar que los beneficiarios tienen que ser titulares de una explotación ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de las Illes Balears. Además, tienen que tener los animales por los que solicitan la ayuda correctamente inscritos, y los de la especie vacuna en particular también en el Registro de Identificación Individual Animal.

Entre los requisitos para optar a la segunda línea de ayudas, los beneficiarios tienen que ser titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro Interinsular Agrario y tendrán que haber declarado en la campaña de la solicitud única de la PAC del 2024 superficies de cultivo tales como cereales, leguminosas, forrajes, crucíferas o especies mejoradas.

En ambos casos, la convocatoria va destinada únicamente a los agricultores no pluriactivos que, en el caso de Ibiza y Formentera se amplían a agricultores en activo.

Según la convocatoria, las actuaciones subvencionables son: las compensaciones por el daño ocasionado por la sequía: para los titulares de explotaciones ganaderas, la adquisición extraordinaria de alimentos para los animales de producción de su explotación y, para los titulares de explotaciones agrarias, la siembra de cereales, leguminosas, forrajes, crucíferas y especies mejoradas, y son gastos subvencionables las relacionadas con estos cultivos: semillas, fertilizantes, gasóleo, tratamiento de semillas, limpieza del grano y otras entradas que se han invertido en la campaña de siembra de invierno y primavera. Además, únicamente son subvencionables los gastos efectuados y pagados por el beneficiario desde el 1 de septiembre de 2023 hasta la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Se entiende que los gastos de adquisición de semillas, fertilizante, tratamiento de semillas y limpieza del grano para la siembra de los cultivos mencionados se pueden haber producido con antelación a la siembra, por lo cual son subvencionables los gastos de estos conceptos desde el 1 de julio de 2023.

Respecto a la cuantía de las ayudas, hay que señalar que el importe de la ayuda es del 90% de los gastos subvencionables, en caso de personas beneficiarias que tengan suscrito a su nombre un seguro que cubra al menos un 50% de la producción anual media o de los ingresos derivados de la producción y los riesgos climáticos estadísticamente más frecuentes. A tal efecto se considera que tienen un seguro que cubre al menos un 50% de la producción anual media o de los ingresos derivados de la producción y los riesgos climáticos de la zona las personas beneficiarias que tengan una póliza de seguro de la producción relativa a la manada o cultivo auxiliado. Para hacer este cálculo, se tiene en cuenta de manera independiente el seguro de la manada y el seguro de las superficies, y se considera que llegan al 50% mencionado si al menos la mitad del total de las unidades de ganado mayor de la manada auxiliable o del total de las hectáreas auxiliables están aseguradas. A las personas beneficiarias que no tengan suscrito un seguro en los términos anteriores se les reduce el porcentaje de ayuda al 45%.

Con todo, el importe máximo de ayuda para las actuaciones se calcula según el número de animales de la explotación del solicitante. Así, por las vacas de leche serán 180,00 €/cabeza; por las vacas de carne en extensivo, 108,00 €/cabeza; por los sementales, 108,00 €/cabeza; por los terneros para engorde de raza mallorquina en extensivo, 45 €/cabeza; por el cerdo en extensivo, 40,00 €/cabeza por las hembras reproductoras y 35,00 €/cabeza por los otros; por el ovino y cabruno, 22,00 €/cabeza y por las abejas, 16,00 €/por colmena.

Sin embargo, desde la Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural, se quiere recordar que, por la incidencia especial de la sequía, los importes correspondientes a los límites detallados se incrementarán en un 35% en relación con las explotaciones ubicadas en los municipios de Campos, Llucmajor, Mercadal, Santanyí y Ses Salines, y en las islas de Ibiza y Formentera.


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