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Aprobado el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales de las elecciones locales y autonómicas

Aprobado el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales de las elecciones locales y autonómicas

Actualizado el 28/03/2023 11:51                Compartir

El Consell de Govern ha aprobado, este lunes, el Manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales, que se tiene que utilizar en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears, a los consejos insulares y en las de ámbito local.

Las elecciones al Parlamento de las Illes Balears del próximo 28 de mayo coinciden con las elecciones locales, a los consejos insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza, y a la entidad local de Palmanyola, por lo cual el Manual tiene que ser común a todas las elecciones.

El artículo 27.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, establece que, en el momento de la notificación al presidente y a los vocales de las mesas electorales de su designación como tales, se tiene que entregar un manual de instrucciones sobre sus funciones, supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros y por los consejos de gobierno de las comunidades autónomas.

El Manual de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales, creado como un detallado y extenso compendio de instrucciones para los miembros de las mesas electorales, incorpora por primera vez un apartado específico sobre accesibilidad de los procesos electorales, para garantizar el sufragio de las personas con discapacidad.

Este apartado es un protocolo de procedimiento para que los miembros de las mesas electorales sepan cómo actuar y ayudar estos votantes, siempre a partir del principio legal de que el acto de votar tiene carácter personal e intransferible y de que nadie lo puede hacer por delegación o representación. Por eso, toda persona cuya discapacidad dificulte o impida su voto puede pedir la ayuda de una persona de su confianza, pero los miembros de la mesa se dirigirán siempre al votante, no a su asistente.

El apartado específico de accesibilidad fija como se debe canalizar el contacto con estas personas en función de las características de cada discapacidad, ya sea sensorial, de movilidad o con dificultades de comprensión a causa de una discapacidad intelectual o un trastorno del espectro del autismo.

Por otro lado, el Manual de instrucciones simplifica las reglas que establecen el desarrollo de la jornada electoral, de manera similar al procedimiento empleado en las anteriores convocatorias electorales. Así, las mesas se constituirán a las 8.00 h del próximo 28 de mayo, compuestas por un presidente y dos vocales, que disfrutarán de una dieta de 70 euros y de una reducción de cinco horas de la jornada laboral del lunes siguiente, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y los empleados públicos.

A continuación, se incorporarán los interventores y los apoderados acreditados por las diferentes candidaturas que concurren a los comicios, y los miembros de la mesa comprobarán que todo el material electoral (urnas, cabina, sobres de votación, papeletas y documentación de la misma mesa) está en correcto estado de uso.

En cada mesa habrá una urna específica para cada una de las elecciones convocadas en esta jornada. Las votaciones serán de las 9.00 h a las 20.00 h. En cuanto al color de los sobres y las papeletas, será blanco en el caso de las municipales, color sepia para el Parlamento y azul cielo para los consejos insulares.


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