Actualizado el 17/01/2023 16:46 Compartir
Joan Torres Torres , presidente de la Asociación Profesional de Técnicos Tributarios de Cataluña y Baleares (APttCB) y de la FETTAF, considera que: “la nueva ley permitirá clarificar conceptos y evitará confusiones a la hora de aplicar los tributos de los pactos sucesorios y, de la misma manera, reducirá su litigiosidad”.
La APttCB ha defendido en varias ocasiones el valor de los pactos sucesorios como una figura jurídica que puede favorecer el crecimiento económico, puesto que se pueden transmitir las empresas o inmuebles al heredero en una edad adecuada para emprender, lo que posibilita la creación de nuevos negocios y de puestos de trabajo. «Unos padres pueden dar en vida un local a un hijo para que inicie un negocio, sin tener que esperar a heredar ni tener el mismo coste fiscal que tendría si se hiciera una donación», explica el presidente de la APttCB.
Los pactos sucesorios deben realizarse mediante escritura pública y tienen carácter de irrevocable, salvo que el heredante y el heredero decidan cualquier modificación. “Aunque son un instrumento a tener muy presente a la hora de organizar la transmisión del patrimonio familiar –comenta Torres Torres– antes de acudir a un notario hay que conocer o estar bien asesorado sobre las peculiaridades de los pactos sucesorios en cada una de ellas las islas”.
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