Sociedad
Nuevo decreto ley de prestaciones económicas de las Illes Balears

Nuevo decreto ley de prestaciones económicas de las Illes Balears

Actualizado el 11/07/2022 13:34                Compartir

El Consell de Govern de hoy ha autorizado un nuevo decreto ley de prestaciones económicas de las Illes Balears que adapta la actual normativa autonómica vigente a los cambios que se han ido introduciendo en el ingreso mínimo vital, ahora ya convertido en una ley. Estos cambios en el ingreso mínimo vital han modificado el panorama y la regulación de las prestaciones económicas previstas en las Illes Balears, por lo que se hace necesaria una adaptación de la normativa de prestaciones económicas que se aprobó en los momentos más duros de la COVID-19 como decreto ley por la necesidad de dar respuesta a las necesidades existentes.

Ahora, además de las adaptaciones de regulación necesarias, se aprovecha para hacer un repaso y una actualización y se solicita a los grupos parlamentarios que esta actualización del decreto ley aprobada hoy por el Consell de Govern se tramite como proyecto de ley y se abra debate parlamentario dada la importancia social de los temas que se recogen.

De este modo, si procede y lo aprueba el Parlament, el decreto ley acabará teniendo el rango de ley que se considera que merece una normativa tan importante como ésta, que regula las prestaciones económicas que pueden existir en el ámbito social de nuestra comunidad.

La normativa regula todas las prestaciones económicas que las personas vulnerables pueden recibir y habilita a las diferentes administraciones, dentro de sus competencias, a ponerlas en marcha en función de las necesidades sociales y de sus competencias como administración.

Establece tres tipologías de prestaciones sociales de carácter económico: derecho subjetivo, concurrencia competitiva y las de urgencia social.

Las prestaciones sociales de carácter económico de derecho subjetivo son la nueva renta social garantizada, el complemento de renta social garantizada y la renta de emancipación.

Las prestaciones sociales de carácter económico de concurrencia competitiva permiten desarrollar, al margen de la normativa de subvenciones, convocatorias de ayudas económicas que tengan una disponibilidad económica limitada, y finalmente, las de urgencia social permiten regular, sobre todo, las ayudas económicas básicas de los ayuntamientos, los de emergencia y los de apoyo familiar y apoyo a la inserción social.

Una de las cuestiones que queda claramente definida en la nueva normativa es que este tipo de prestaciones no están sometidas a retención del IRPF.

Renta social garantizada
Las modificaciones que se realizan en el actual decreto también tienen como objetivo recoger mejoras para los demandantes de la renta social garantizada. Así, por ejemplo, las personas que acceden a la renta social garantizada después de una resolución negativa del ingreso mínimo vital (IMV) podrán cobrar retrasos desde el momento en que pidieron el IMV, no como hasta ahora, que es desde el momento en que se pide la renta social garantizada.

Por otra parte y fuera del decreto, hoy la consellera Fina Santiago ha explicado que se prorroga hasta final de año el complemento del 15 por ciento del importe de las cuantías de la renta social garantizada (RESOGA) que se implementó el pasado mes de abril como consecuencia de la subida de precios derivada de la guerra de Ucrania. Son 4.229 familias vulnerables, perceptoras de la renta social garantizada, que se benefician de esta medida.

Una persona usuaria de RESOGA que vive sola ha pasado de cobrar 491 € al mes a cobrar 565. Una persona adulta que vive con un menor pasará de cobrar 747 € a cobrar 859. Una familia de dos personas adultas y dos menores pasa de cobrar 934 € a cobrar 1.074 €.


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