Actualizado el 10/01/2020 11:55 Compartir
La Conselleria de Educación, Universidad e Investigación, mediante la aplicación para la Gestión Educativa de las Illes Balears (GESTIB), acaba de dar a conocer a las familias y a todos los centros educativos de las Illes Balears el Canal Prioritario que ha establecido la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para comunicar la difusión de contenido sensible en Internet y solicitar su retirada.
Esta actuación surge del Protocolo de actuación entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la AEPD que articula la colaboración para dar a conocer y difundir en los centros escolares, entre madres, padres, profesores y alumnos, las consecuencias de la obtención y difusión ilegítima de imágenes sensibles a través de Internet, que es uno de los instrumentos más usados en los casos de acoso en el entorno escolar -bullying y cyberbullying- y de acoso sexual a menores -grooming o consecuencias derivadas del sexting- En el supuesto de que esta captura o difusión de imágenes se realizara mediante tratamientos ilegítimos de datos personales, también se difundirá la manera de presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La finalidad es la de dar respuesta al uso inapropiado de las nuevas tecnologías que muchas veces proporcionan infraestructuras que pueden servir de vía para dañar de forma grave la privacidad de las personas. Y es que con la extensión y el uso intensivo de dispositivos móviles e internet, redes sociales y otros servicios ha proliferado la difusión de formas de violencia que persiguen, además, la humillación pública de las víctimas.
Tratamiento prioritario ante casos graves
La puesta en marcha del Canal prioritario de la AEPD para comunicar la difusión ilícita de contenido sensible y solicitar su retirada pretende ofrecer una respuesta rápida en situaciones excepcionalmente delicadas, como aquellas que incluyen la difusión de contenido sexual o violento. El objetivo es establecer una vía en la cual las reclamaciones recibidas serán analizadas de forma prioritaria, permitiendo que la Agencia, como autoridad independiente, pueda adoptar, si hace falta, medidas urgentes que limiten la difusión y el acceso de los datos personales.
En el caso de plantear una reclamación por estas situaciones, el ciudadano tendrá que describir las circunstancias en que se ha producido la difusión no consentida de las imágenes, indicando en particular si la persona afectada es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual o acoso , o si pertenece a cualquier otro colectivo especialmente vulnerable como el de los menores de edad, personas discriminadas por su orientación sexual o raza, personas con discapacidad o dolencia grave o en riesgo de exclusión social, así como especificando la dirección o direcciones web en las que se han publicado
Después del análisis de la reclamación formulada, la Agencia tiene que determinar la posible adopción urgente de medidas cautelares previstas en la ley española de protección de datos para evitar la continuidad del tratamiento ilegítimo de los datos personales en los casos particularmente graves antes mencionados. En este sentido, las empresas Facebook, Google y Twitter han mostrado una actitud proactiva para la ejecución de las medidas cautelares incluidas en esta iniciativa. Al tiempo, la Agencia valorará la apertura de un procedimiento sancionador contra el o los usuarios responsables de haber realizado el tratamiento ilegítimo de datos correspondiente. Además, en estos casos, estas personas pueden tener no solo responsabilidad administrativa sino también disciplinaria, civil y penal.
Se puede acceder a este Canal a través de la web de la AEPD: www.aepd.es
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