Actualizado el 04/03/2021 12:10 Compartir
Esa es la principal conclusión del Informe sobre Violencia contra la Mujer 2015-2019, dado a conocer este miércoles por el Ministerio del Interior y que puede ser consultado en el siguiente enlace de su página web.
El informe ha sido elaborado por expertos de varios de los departamentos integrados en el Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad a partir de los datos facilitados por Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzaintza, Mossos d'Esquadra, Policía Foral de Navarra y las policías locales que facilitan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
Es el primer informe sobre violencia contra la mujer en el que participan todas las FCSE que aportan datos tanto al Sistema Estadístico de Criminalidad como al Sistema VioGén. Por tanto, es el primer análisis estadístico que no solo recoge el ámbito de la violencia de género sino que da cabida también a un nutrido grupo de tipologías penales ligadas al más amplio concepto de violencia contra la mujer.
Para estructurar todas las infracciones penales que han victimizado a la mujer en el periodo estudiado, los autores se han apoyado en las cuatro formas primarias o ejes centrales de violencia recogidos en el Convenio de Estambul de 2011: violencia psíquica, violencia física, violencia sexual y violencia económica.
La violencia psíquica, con 305.271 hechos conocidos (un 51 por ciento del total), ha sido la principal causa de victimización de mujeres, con mayor frecuencia en la franja de edad comprendida entre los 31 y los 40 años, aunque las estadísticas detectan un incremento de los casos en el periodo para el grupo de mujeres mayores de 65 años, en este caso en el entorno doméstico o familiar. Este tipo de violencia psíquica también adquiere cada año mayor peso proporcional en la categoría de violencia de género.
Le siguen los actos de violencia física, con 233.577 (un 39 por ciento sobre el total) que sufren con mayor frecuencia las mujeres entre los 18 y los 30 años. El informe recoge un crecimiento sostenido de esta categoría causado por un acusado incremento de agresiones de violencia de género perpetradas en el ámbito de las relaciones de pareja y exparejas, que representan el 77,8 por ciento de las incluidas en esta categoría.
A continuación se sitúa la violencia sexual, con 44.333 hechos conocidos (un 7 por ciento del total) que afectan con mayor frecuencia a mujeres menores de edad, aunque las formas más violentas (agresiones sexuales y agresiones sexuales con penetración) victimizan sobre todo a las mujeres incluidas en el grupo de 18 a 30 años.
En último lugar, el 3 por ciento restante de actos de violencia económica (18.235) se dirigen contra mujeres sobre todo entre los 31 y los 40 años. En este supuesto, la tipología delictiva se concentra en torno al impago de prestaciones económicas (91,8 por ciento) en el marco del fenómeno de la violencia de género.
El 75 por ciento de las victimizaciones de violencia contra la mujer afectan a ciudadanas españolas, mientras que el 25 por restante son de nacionalidad extranjera. En términos cuantitativos, la cifra más elevada se produjo en el año 2019 salvo en el caso de la violencia económica, que fue en 2015 coincidiendo con la reforma del Código Penal que revisó los tipos penales incluidos en esta categoría.
En conjunto, el 68 por ciento de los actos violentos conocidos por las FCSE están relacionados con la violencia de género, que es a su vez el tipo de violencia contra la mujer que más ha crecido en los últimos años, sobre todo en el apartado de violencia psíquica.
El trabajo utiliza como eje el concepto de victimización, que hace referencia a los hechos conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los que las mujeres son víctimas o perjudicadas por alguna infracción penal. Se ha optado por este criterio porque es el mismo utilizado en otras estadísticas, como las que elaboran el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o el Instituto Nacional de Estadística (INE). Además, al no existir una única plataforma de datos para toda la tipología de violencia contra la mujer no es posible individualizar cada víctima.
Esta explicación es válida también para el apartado de la autoría. El informe recoge una casuística en la que todas las víctimas son de sexo femenino, pero en la que los autores de los hechos punibles pueden ser tanto de sexo masculino como femenino. La única excepción es el apartado de violencia de género, que por definición recoge actos cometidos por hombres dirigidos contra mujeres; en el resto del informe no es posible categorizar la autoría en función del género.
Este primer análisis cuantitativo realizado a nivel nacional por el Ministerio del Interior da cumplimiento al Pacto de Estado en materia de Violencia de Género suscrito por el Gobierno de la nación, las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), cuyo Eje VI incluye medidas relacionadas con el seguimiento estadístico de este fenómeno.
La metodología utilizada adecúa el informe a los ejes del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, conocido como Convenio de Estambul (2011), lo que sitúa a España como referente internacional, pues son pocos los países de nuestro entorno más inmediato que han abordado la confección de un trabajo estadístico de este tipo.
A partir del compromiso del Gobierno con la erradicación de cualquier forma de violencia que, tanto de manera directa o indirecta, incida en la vida de la mujer y su entorno más inmediato, este trabajo permite visibilizar la magnitud de la violencia contra la mujer y dimensiona por primera vez en España la realidad del fenómeno en su conjunto al que se enfrenta la sociedad y sus instituciones.
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