Cultura
Apruban los permisos no retribuidos para la conciliación laboral y familiar de los docentes

Apruban los permisos no retribuidos para la conciliación laboral y familiar de los docentes

Actualizado el 14/10/2020 13:31                Compartir

El Consell de Govern ha aprobado hoy las medidas extraordinarias y transitorias para favorecer la conciliación laboral y familiar del personal docente no universitario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Esta propuesta responde a la evolución de la expansión de la COVID-19 en el territorio de las Illes Balears los últimos meses, con unos cambios que ponen de manifiesto la necesidad de adoptar determinadas medidas adicionales.

En este contexto se entiende que los permisos y las licencias previstos en la ley pueden resultar insuficientes para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral ante determinadas situaciones de carácter urgente relacionadas con la COVID-19. En concreto, en el supuesto del personal docente no universitario que deba a una persona con la cual conviva y que se vea obligada a estar en cuarentena por motivo de la COVID-19 o prestarle atención directa.

Por eso, la Conselleria pone a disposición del personal docente no universitario que acredite la necesidad de atender a una persona en situación de cuarentena por la COVID-19 con la cual conviva la posibilidad de solicitar una reducción especial de la jornada de trabajo, de carácter no retribuido, del 50 o del 100% de la jornada, por el tiempo indispensable que dure la situación de cuarentena.

Los requisitos para optar al permiso

Entre los requisitos que debe cumplir el docente se encuentra que la persona con la que conviva tiene que ser:

a) Un hijo menor de doce años.
b) Una persona que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si misma y no desarrolle ninguna actividad retribuida.

En el caso de reducciones del 50%, el horario concreto en que se deba disfrutar la reducción de jornada se debe acordar con la dirección del centro, de forma que se concilie el derecho a disfrutar de la reducción con las necesidades de atención al alumnado.

Además, la propuesta prevé que, de manera alternativa a la reducción de jornada especial, si las tareas atribuidas al docente lo permiten, podrá prestar sus servicios mediante la modalidad de teletrabajo, con autorización del director del centro, siempre que su ausencia pueda ser asumida con los recursos humanos del centro de forma que no genere la necesidad de sustitución.


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