Actualizado el 03/11/2015 14:59 Compartir
El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a un empresario que fue acusado de colaborar en una trama de empresas ficticias urdida en Mallorca con el objetivo de defraudar a la Seguridad Social y que derivó en el impago más de 500.000 euros entre los años 2004 y 2006. El Alto Tribunal no considera probado que el procesado interviniera en esta mecánica defraudatoria.
La sentencia de la Sala de lo Penal, a la que ha tenido acceso Europa Press, ha estimado así el recurso de casación que el inculpado, Julián B.L., interpuso contra la condena de un año y medio de cárcel y multa que le impuso la Audiencia Provincial de Baleares al considerarle cooperador necesario en la comisión de delitos de falsedad documental y de defraudación a la Seguridad Social.
La resolución del TS le desvincula por tanto de unos hechos cuyo principal acusado es el constructor Antonio M.T., quien impulsó un plan destinado a defraudar a la Seguridad Social mediante la creación de distintas mercantiles con las que operaba pero que figuraban a nombre de otras personas, de tal modo que cuando ya habían generado deudas por el impago de cuotas las cerraba o las dejaba sin actividad.
En este sentido, el TS asevera que no hay prueba suficiente para afirmar que Julián B.L. colaborase, como gestor, en la tramitación administrativa de la documentación necesaria "para el inicial éxito de la defraudación" y, de hecho, recalca que el único que declaró en tal sentido incriminatorio fue Antonio M.T.
El acusado alegaba que el hecho de que le fuera entregada distinta documentación desde diferentes empresas no supone que necesariamente debiera sospechar de una actuación irregular. La Sala se muestra tajante al afirmar que no queda probado que el recurrente "interviniera en forma alguna en el impago de las cuotas o en la desaparición de hecho de las citadas empresas".
Sí consta acreditado, tal y como recoge el Supremo, cómo Antonio M.T. se sirvió de personas marginales y con escasos recursos para entregarle su documentación personal con la que poder dar de alta a las sociedades, y que desconocían el fin para el que tenían que entregar sus datos. También fueron condenados Antonio G.G., Juan Antonio M.M., Tomás P.B. y Sebastián G.P., quienes accedieron a ser dados de alta como empresarios individuales a cambio de dinero.
El principal acusado se concertó con los empresarios anteriores, plenos conocedores de la actividad delictiva desarrollada. Mediante esta operativa, hasta 17 empresas individuales o sociedades limitadas fueron creadas y utilizadas por los acusados, generando con ellas deudas que ascendían a 214.646 euros en 2004, 178.612 en 2005 y 225.065 en 2006.
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