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El Pi pacta reconvertir los establecimientos turísticos obsoletos y de baja calidad con edificios sociosanitarios, administrativos o residenciales

El Pi pacta reconvertir los establecimientos turísticos obsoletos y de baja calidad con edificios sociosanitarios, administrativos o residenciales

Actualizado el 11/05/2022 08:37                Compartir

EL PI ha pactado con el Govern, y el apoyo de la Federación Hotelera de Mallorca, mejoras en el decreto ley turístico que se está tramitando como proyecto de ley.

En primer lugar, se ha acordado introducir un nuevo artículo en lo referente al cambio de uso de los establecimientos turísticos obsoletas y de baja calidad. “Con el nuevo redactado aquellos alojamientos de una o dos estrellas podrán acogerse a esta fórmula y reconvertirse en edificios sociosanitarios o asistenciales, administrativos o residenciales. En el caso del residencial, un 50% de las viviendas se destinarán a VPO”, ha explicado Josep Melià.

Asimismo, también podrán reconvertirse, con los mismos usos anteriormente expuestos, aquellas parcelas vacantes de uso exclusivo turístico y clasificadas como suelo urbano. En este caso, un 30% de las viviendas deben destinarse a VPO.

En ese mismo sentido, las plazas turísticas del establecimiento reconvertido únicamente podrán ser objeto de intercambio entre particulares. “Este intercambio sólo es posible para trasladar las plazas a establecimientos hoteleros de cuatro o cinco estrellas. En caso de que los establecimientos estén en situación de alta es condición para el intercambio la subrogación de la totalidad del personal por parte de la persona física o jurídica adquirente”, ha indicado Melià.

A iniciativa de El Pi, también se ha acordado introducir una escala gradual en relación con el porcentaje de modernización de los establecimientos y la reducción de plazas. Así, aquellos establecimientos en los que la modernización suponga un aumento de edificabilidad igual al máximo aplicable a nivel insular, es decir un 15%, la reducción de plazas será del 5%, si es del 75% del máximo aplicable a nivel insular, la reducción de plazas será del 3%, en el caso del 50% del máximo aplicable a nivel insular, la reducción de plazas será del 2% y por último si la modernización es del 20% del máximo aplicable la reducción será del 1%. Quedan exentos de estos supuestos los establecimientos con 150 o menos habitaciones.

En relación con las camas elevables se ha acordado que quedan exceptuados los establecimientos con un máximo de 30 habitaciones, “que estén implantados en edificios que sean bienes de interés cultural, siempre y cuando las camas y la estructura que los integra tengan una significación histórica y patrimonial que requiera su singular protección”, ha señalado el portavoz.

También se ha negociado que la conselleria competente en materia de turismo emita una Instrucción en relación con aquellos establecimientos que acrediten la imposibilidad de sustituir las calderas de gasóleo por otras que utilicen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental. "Consideramos que este tema es importante, porque daremos certezas a los propietarios de los establecimientos que sabrán cuáles son los supuestos de imposibilidad a la hora de llevar a cabo estos cambios".


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