Actualizado el 30/12/2020 11:32 Compartir
Los motivos por los cuales se inició el procedimiento sancionador son «realizar actividad comercial y, por lo tanto, con carácter lucrativo, de chárter y transfer de personas entre las embarcaciones y la costa, utilizando como puerto base la playa de Ses Salines, en la isla de Eivissa, integrada en Espacio Natural Protegido (ENP) como es el Parque Natural de Ses Salines d'Eivissa i Formentera, sin la correspondiente autorización». Los hechos se consideran una infracción grave de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).
La actividad ilegal fue detectada por los Agentes de Medio Ambiente en una actuación enmarcada dentro del Plan de Vigilancia y Control al ámbito de los espacios protegidos de Eivissa y Formentera. Este documento, que se actualiza cada año, establece las principales líneas de actuación del servicio.
En cuanto a la vigilancia del ámbito marino, las principales líneas de inspección se centran en el control de las actividades lucrativas, el fondeo, la vigilancia de los islotes (con especial atención a s'Espalmador) y las tareas naturalísticas propias del servicio, como por ejemplo la coordinación, colaboración y/o participación en los recuentos de poblaciones nidificantes de aves marinas y en los censos de acuáticas invernantes.
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