Actualizado el 13/02/2019 11:08 Compartir
La parturienta, de 34 años en el momento del parto (enero de 2015), diabética y embarazada de su tercer hijo, acudía a las revisiones efectuadas por el Servicio de Ginecología del Hospital Son Llàtzer (Palma de Mallorca). En las ecografías anteriores al parto ya se apreciaba un feto macrosómico, de más de 4 kilos.
A pesar de los antecedentes de diabetes mellitus y de tratarse de un feto macrosómico, no se practicó a la paciente una cesárea, sino que fue mediante parto vaginal. Las maniobras del parto las inició y concluyó la matrona a pesar de constar en la Historia clínica la presencia de dos ginecólogos en el paritorio. Tras varios minutos intentando la expulsión sin éxito, y al ser evidente que no iba a salir sin ayuda, se intentó practicar la maniobra de Mac Roberts, la más usual en estos casos, si bien la matrona ante los nervios de la situación aplicó maniobras agresivas con fuerza excesiva, siendo sorprendente que no pidiera ayuda ni intervinieran los ginecólogos presentes en la Sala.
Esta actuación incorrecta provocó daños irreparables en la recién nacida, consistentes en parálisis braquial de su brazo derecho que suponen la pérdida de función de dicha extremidad.
La Sentencia ha condenado al pago de la cantidad aludida, más los intereses que recoge el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
La defensa del caso ha sido dirigida por la abogada Dª. Soledad Raso Périz, especialista en Derecho sanitario y adscrita a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
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