Actualizado el 14/11/2025 15:12 Compartir
El Govern de les Illes Balears ha abierto este viernes el plazo de solicitudes para la convocatoria de ayudas al alquiler del año 2025. El plazo para presentar las solicitudes finalizará el día 15 de diciembre.
Toda la información relativa a la nueva convocatoria se puede consultar en la página web ajudeslloguer.caib.es, y ya se pueden tramitar las solicitudes de forma telemática. Además, todas las personas que necesiten apoyo en la tramitación pueden pedir cita presencial.
De acuerdo con las condiciones establecidas por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, estas ayudas cubren un máximo de alquileres mensuales iguales o inferiores a 900 euros.
En este sentido, teniendo en cuenta la situación del alquiler en las Illes Balears y de cara al futuro plan estatal de vivienda, el Govern de les Illes Balears ha solicitado en numerosas ocasiones al Ministerio un aumento del límite máximo de la renta mensual de alquiler, para que pueda superar los 900 euros y así una mayor parte de la población pueda beneficiarse de esta ayuda.
La partida de la convocatoria para el año 2025 es de 9,3 millones. Del total, 7,1 millones provienen de fondos estatales a través del Plan Estatal de Vivienda y 2,2 millones de fondos propios de la Comunidad Autónoma.
Ingresos máximos
Para poder acogerse a la convocatoria de estas ayudas, que cubren un máximo del 50 % de la renta de hasta 900 euros mensuales, con un límite de ayuda por vivienda de 3.000 euros anuales, se mantienen los límites de ingresos establecidos.
Por lo tanto, como regla general, los ingresos de la unidad de convivencia no podrán ser superiores a 25.200 euros anuales, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Este límite aumenta en determinados casos: hasta 33.600 euros (cuatro veces el IPREM) si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas del terrorismo; y hasta 42.000 euros (cinco veces el IPREM) cuando se trate de familias numerosas de categoría especial, de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 % o de víctimas de violencia de género.
Requisitos para optar a las ayudas al alquiler de 2025
Los requisitos para optar a las ayudas son, entre otros: ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda; que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente de la persona solicitante; que los titulares del contrato tengan nacionalidad española o residencia legal; cumplir con los requisitos de ingresos máximos establecidos; que la renta máxima del alquiler sea igual o inferior a 900 euros mensuales; y estar al corriente del pago del alquiler en el momento de la solicitud.
Asimismo, la persona beneficiaria debe destinar obligatoriamente esta ayuda al pago de la renta y no puede compatibilizarla con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, ni con las que, con la misma finalidad, puedan conceder la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, las entidades locales o cualquier otra Administración o entidad pública.
No se consideran afectados por esta incompatibilidad los supuestos excepcionales de ayudas para personas beneficiarias víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de la vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, así como las personas perceptoras de prestaciones no contributivas de la seguridad social ni las beneficiarias del ingreso mínimo vital.
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