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El Govern abre el plazo de solicitudes para la nueva convocatoria de ayudas del Bono Alquiler Joven

El Govern abre el plazo de solicitudes para la nueva convocatoria de ayudas del Bono Alquiler Joven

Actualizado el 16/06/2025 11:51                Compartir

El Govern de les Illes Balears, a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, ha abierto este lunes el periodo de solicitudes para poder optar a la segunda convocatoria de las ayudas del Bono Alquiler Joven, para los años 2024 y 2025. Todos los interesados podrán presentarlas hasta el 16 de julio.

Las ayudas del Bono Alquiler Joven, de 250 euros al mes por persona, tienen como objetivo facilitar que los jóvenes de hasta 35 años y que cumplan con los requisitos puedan optar a una vivienda o habitación en régimen de alquiler.

Esta línea se destina a cubrir parte de los gastos de las 24 mensualidades de alquiler de 2024 y 2025 (periodo subvencionable del día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025), siempre que se presenten los recibos de cada cuatrimestre.

Esta nueva convocatoria, con una partida anual de fondos estatales de 4,8 millones de euros, tiene en cuenta los importes máximos fijados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de manera que a estas ayudas se pueden acoger contratos de alquiler de viviendas de hasta 900 euros mensuales y de alquiler de habitaciones de hasta 450 euros mensuales en todos los municipios de las Illes Balears.

Tal y como recordó el conseller José Luis Mateo en la presentación de la convocatoria, el Govern de les Illes Balears ya solicitó previamente al Ministerio un aumento de estos límites de precios para viviendas y habitaciones, de cara al futuro plan estatal de vivienda, para permitir que en las Illes Balears las ayudas puedan llegar a un mayor porcentaje de población teniendo en cuenta la realidad de la renta del alquiler en las islas.

Requisitos

Las personas solicitantes deberán tener nacionalidad española o residencia regular en España; deberán ser jóvenes de hasta 35 años; ser titulares de un contrato de alquiler de vivienda de máximo 900 euros al mes o de habitación de máximo de 450 euros al mes; sus ingresos anuales, o de su unidad de convivencia, no podrán ser superiores a tres veces el IPREM (25.200 euros), no podrán tener en propiedad ninguna vivienda y deberán estar al corriente de pago de las rentas del contrato de alquiler.

Las ayudas del Bono Alquiler Joven, tal como ya se estableció en la anterior convocatoria, no son compatibles con las ayudas ordinarias al alquiler, con la intención de poder dar cobertura a un mayor número de beneficiarios.

Toda la información relativa a estas ayudas se puede consultar en bolloguerjove.caib.es.


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