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El Sindicato SIMEBAL exige el número 'real' del personal sanitario contagiado

El Sindicato SIMEBAL exige el número 'real' del personal sanitario contagiado

Actualizado el 09/04/2020 18:50                Compartir

El Sindicato SIMEBAL, ante el alarmante aumento de las tasas de contagios por el COVID-19 en el personal sanitario (28,8% de los casos de infectados confirmados poblacionales totales de las Islas Baleares, según datos del portavoz del Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas de Baleares), y entre el 20-40% en el territorio nacional, que han causado el fallecimiento de 15 médicos en activo) y del número de trabajadores en situación de vigilancia activa (390), y contrastando estas cifras con las oficiosas que el Sindicato Médico dispone, y las de diferentes especialistas (en palabras del citado portavoz), las cuales son porcentualmente superiores, alerta:

el NO conocimiento de los datos reales de infección por COVID-19 de la población sanitaria, que interfiere en la seguridad y confianza del trabajador durante el abordaje de su asistencia.

la NO realización de cribado diagnóstico a TODOS los profesionales sanitarios en el ámbito asistencial, que implicarían un infradiagnóstico con el consecuente perjuicio entre los mismos y la población, contribuyendo al empeoramiento de la cadena epidemiológica.

la NO disponibilidad de materiales de protección individual (EPIs) y colectivos para evitar los contagios durante el desarrollo de su actividad laboral, que agravaría la disponibilidad de los efectivos necesarios para dar respuesta a las necesidades de Salud de la población.

exige que,

con independencia de la situación de emergencia sanitaria y sin menoscabo de su afrontación asistencial:

1- Tener conocimiento del número real de los casos de infección por COVID-19 en el personal sanitario y su identificación para el ulterior aislamiento y vigilancia activa.

2- Aplicación de Test diagnósticos frente al COVID-19 a TODOS los profesionales sanitarios, que con independencia de su situación clínica, se encuentren realizando su actividad asistencial en cualquier ámbito y establecimiento sanitario público o privado.

3- La inmediata entrega de TODOS aquellos materiales de protección individual contra el COVID-19 y de la implementación de medidas colectivas, conforme a lo dispuesto en el apartado d) del punto 1. del art. de la según Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

Por todo ello, el afrontamiento de esta crisis sanitaria no se vería cercenada por la falta de profesionales sanitarios ni por la gran merma económica, que esta falta de medidas puede provocar.


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