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El Tsjib falla contra la Seguridad Social por reclamar 230.000 euros a una empresa mallorquina que compró una residencia

Actualizado el 18/12/2017 17:50                Compartir

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha fallado que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no tiene derecho a reclamar los 229.254,88 euros a una empresa mallorquina que compró una residencia de la tercera edad.

Según ha recogido en un comunicado Ramis Abogados, dicha operación tenía la autorización del Juzgado Mercantil para que el comprador no se subrogara en las deudas a la Seguridad Social de la vendedora en concurso.

La firma defensora de la empresa mallorquina ha asegurado que, hasta llegar a esta decisión judicial, la TGSS "desoyendo la sentencia judicial realizó un acoso y derribo contra la empresa compradora".

"A pesar de interponer la demanda, la TGSS siguió realizando inspecciones laborales, llegando incluso a perseguir a los ancianos para que pagasen su mensualidad directamente a la TGSS", han asegurado desde el bufete de abogados.

En julio de 2010, Serralsa Ciudad Jardín SL compró una empresa en concurso de acreedores -Relax Sol SL, explotadora de la Residencia de la Tercera Edad Ciudad Jardín-, no subrogándose a las deudas tributarias y de la Seguridad Social, para asegurar la viabilidad futura de la actividad y el mantenimiento del empleo en la residencia.

El Juzgado de lo Mercantil de Palma aprobó la operación y acordó que "para el supuesto de venta de la unidad productiva el adquiriente no se subrogará en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social que se hallaren pendientes de pago, ni en salarios e indemnizaciones previstos en art 149,2 de la Ley".

En enero de 2013 se realizó el contrato de compraventa de la unidad de la residencia geriátrica. No obstante, la TGSS interpuso recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Palma y esta lo desestimo mediante auto en junio de 2014.


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