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Manacor reduce los plazos para la retirada de coches abandonados

Manacor reduce los plazos para la retirada de coches abandonados

Actualizado el 16/09/2020 12:14                Compartir

El Ayuntamiento de Manacor ha aprobado inicialmente la Ordenanza reguladora del régimen aplicable a los vehículos abandonados en la vía pública del municipio de Manacor. Con esta norma, el equipo de gobierno pretende dar solución a una problemática que se ha ido incrementando en los últimos años y que proporciona un marco jurídico para que el Ayuntamiento de Manacor pueda realizar las actuaciones correspondientes en cuanto a localización, denuncia, procedimiento para su retirada y entrega en el centro de tratamiento y descontaminación correspondiente, teniendo en cuenta que la institución municipalha asumido el tratamiento residual de los vehículos.

La Ordenanza prohíbe el abandono de vehículos en la vía pública o cualquier espacio de titularidad municipal. Se considera que un vehículo está abandonado cuando hayan transcurrido más de dos meses después de que el vehículo fue inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por el Ayuntamiento y su titular no ha formulado alegaciones; cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula; cuando figure en situación de baja temporal o definitiva a labase de datos de la DGT. Igualmente, también se considerará un vehículo como residuo sólido urbano cuando por su estado pueda suponer un peligro. En los dos últimos supuestos, se procederá a la retirada inmediata del vehículo y será trasladado al Depósito Municipal de Vehículos. En el resto de casos, se dará un plazo de quince días al propietario para que retire el vehículo voluntariamente.

Las tasas correspondientes al traslado y permanencia en el depósito corresponderán al titular del vehículo, según la Ordenanza fiscal en vigor.

En cuanto al procedimiento para la retirada, cuando se detecte un vehículo abandonado se levantará un Acta de Infracción, que irá acompañada de un reportaje fotográfico ilustrativo de su estado. Transcurrido el plazo de un mes sin que el titular lo haya retirado voluntariamente, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento, para su posterior destrucción y descontaminación.

La Ordenanza prevé también un régimen de sanciones. Todas las infracciones previstas en la norma tienen consideración de graves, por lo que serán sancionadas con multas de 750 euros (para motocicletas y ciclomotores), de 1.000 euros (para turismos y vehículos de peso máximo autorizado inferior a 3.500 kg), y 1.500 euros (para vehículos de peso máximo autorizado superior a 3.500 kg).

Otra de las novedades de la Ordenanza es que, se podrá acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico en el término municipal.




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