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El Tribunal Supremo anula el toque de queda en Baleares

El Tribunal Supremo anula el toque de queda en Baleares

Actualizado el 03/06/2021 15:35                Compartir

La sentencia del Supremo dice que no se pueden autorizar estas medidas basándose únicamente en principios de prudencia, la sentencia se aplicará enseguida que se notifique, por esto puede ser que esta noche ya no rija el toque de queda en la Comunidad _Balear.
También elimina la limitación a un máximo de seis personas en reuniones familiares en espacios interiores y de ocho en espacios exteriores.

Tribunal Supremo:

Cuando se está en presencia de restricciones tan severas y generalizadas como la prohibición de salir del propio domicilio durante determinadas horas del día o de reunirse con más de seis personas, la justificación pasa por acreditar que tales medidas son indispensables para salvaguardar la salud pública. [...] No bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución".

"La aplicación de estos criterios al caso que es objeto del presente recurso de casación", afirma el Supremo, "conduce a rechazar el motivo del Ministerio Fiscal consistente en que las medidas sanitarias ratificadas por el auto impugnado sólo podían tomarse al amparo del estado de alarma. Pero hay que acoger el motivo relativo a que tales medidas no superan el juicio de proporcionalidad: ni el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ni la Sala de instancia [el TSJ] han justificado que las mencionadas medidas sanitarias restrictivas de la libertad de circulación y del derecho a la intimidad familiar resultasen indispensables a la luz de la situación epidemiológica existente entonces en el territorio autonómico, sino que se apoyan sólo en consideraciones de prudencia"

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