Actualizado el 17/01/2021 12:28 Compartir
La vivienda, de 368 m2, consta de planta baja y semisótano con una gran terraza que lo rodea. La reforma motivo de la infracción consiste en la renovación total de la planta semisótano, donde se han abierto nuevos huecos y se han revestido de piedra algunos de los muros exteriores. En la planta baja, se ha modificado la distribución interior y se estaban sustituyendo los pavimentos, los revestimientos interiores, y la carpintería. También se han ampliado y se han realizado algunos de sus huecos, y se ha reforzado parte de la estructura en algunas partes.
En la planta de cubiertas se ha detectado un cambio de impermeabilización donde se han construido alféizares o muros, los cuales se encontraban en medio construir en el momento de la inspección, a partir de la cual no se pudo determinar el objetivo final.
Finalmente, en los espacios exteriores de las dos plantas se estaban disponiendo las nuevas instalaciones de saneamiento, electricidad y fontanería. Las obras se encontraban aproximadamente al 60% de su ejecución.
Los hechos constatados constituyen una infracción grave de la Ley de costas, tipificada en el artículo 90.2 g) de esta Ley y en el artículo 191.2 g del Reglamento general de costas, que tipifican como infracción grave la realización de construcciones no autorizadas en zona de servidumbre de protección.
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