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Govern pone un recurso contra la ocupación de bienes de dominio público en Tagomago

Govern pone un recurso contra la ocupación de bienes de dominio público en Tagomago

Actualizado el 29/11/2019 14:30                Compartir

El Consell de Govern queda informado del Decreto 30/2019, de 19 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que, dada la urgencia, se autoriza a la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma a interponer, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, un recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 19 de junio de 2019, de la directora general de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio para la Transición Ecológica, dictada por delegación de la ministra del ramo, por la que se aprueba el Pliego de bases para la adjudicación, mediante concurso de procedimiento abierto, de una concesión administrativa para la ocupación de bienes de dominio público marítimo-terrestre, para uso de pantalán y dos áreas de fondeo en la isla de Tagomago, en el término municipal de Santa Eulària des Riu, en Eivissa.

El islote de Tagomago forma parte de la Red Natura 2000, como LIC y ZEPA autonómico. Además, presenta continuidad ecológica reconocida desde el año 2017, por lo que las competencias sobre biodiversidad marina corresponden a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en conformidad con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad. Hay que tener en cuenta, también, que el embarcador pantalán ha recibido un informe desfavorable del Subcomité de la Red Natura 2000.

Por otro lado, el Plan de Gestión Natura 2000 no prevé ningún área de fondeo, debido a la presencia de una importante colonia de pardela balear (Puffinus mauretanicus) en los acantilados que dan al muelle, una especie declarada en peligro de extinción por el Real decreto 139/2011, de 4 de febrero. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como órgano competente, considera que, para garantizar la conservación de esta especie de interés comunitario, no puede haber áreas de fondeo en la zona donde ahora pretenden ubicarse.


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