Economía
El TSJIB desestima la demanda de las grandes superficies y avala la suspensión de licencias

El TSJIB desestima la demanda de las grandes superficies y avala la suspensión de licencias

Actualizado el 09/01/2020 11:17                Compartir

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha dictado la sentencia 561/2019 que resuelve el procedimiento ordinario interpuesto por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) contra el acuerdo de suspensión de licencias que acompañaba la aprobación inicial, el año 2017, del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales de Mallorca (PECMA).

La sentencia del TSJIB desestima íntegramente la demanda de la patronal de las grandes superficies y avala que el acuerdo de aprobación inicial del PECMA, con el régimen detallado de suspensión de licencias, se ajusta a derecho y despliega correctamente y motivada la previsión de la legislación en materia de ordenación territorial.

El tribunal destaca el hecho de que el acuerdo adoptado y el régimen cautelar previsto en los artículos 10 y 13.4 de la Ley 4/2000, de ordenación territorial, es materia estrictamente de ordenación del territorio sin afectar principios económicos, de unidad de mercado o de libre competencia, y que el interés general se encuentra perfectamente justificado en las previsiones de la legislación de ordenación territorial (y la urbanística), que permite la imposición de limitaciones temporales y preventivas de establecimiento de determinados equipamientos comerciales según cada caso , como se preveía en el acuerdo del Pleno del Consejo.

La sentencia del TSJIB invoca a su vez la doctrina constitucional que emana de la Sentencia 36/1994, de 10 de febrero, del Tribunal Constitucional, relativa a la constitucionalidad de la técnica cautelar en el uso de las competencias sobre ordenación del territorio.

De este modo, el TSJIB da la razón al Consell Insular de Mallorca y desestima íntegramente el recurso de ANGED, reforzando así el que siempre ha defendido la institución insular sobre la naturaleza y alcance del régimen de suspensión de licencias en el ámbito de la ordenación del territorio y del urbanismo, como mecanismo preventivo para evitar alterar las condiciones preexistentes al momento de proceder a redactar los instrumentos de ordenación previstos y asegurar la efectividad de la futura planificación, impidiendo que se puedan producir desarrollos contradictorios con el nuevo régimen a implantar, garantizando la viabilidad del nuevo plan.

Esta sentencia es importante dado que plantea un precedente para otros dos pleitos interpuestos por el mismo motivo, además de garantizar que el régimen de suspensión de licencias podrá ser utilizar con garantías en la tramitación de futuros instrumentos de ordenación territorial.

El PECMA, aprobado de manera definitiva en el mes de abril de 2019, ordena el suelo comercial de Mallorca y zonifica la isla en cinco niveles, que corresponden a Palma, el área de mayor actividad de la isla, donde los equipamientos comerciales no pueden tener una superficie comercial superior a los 40.000 m²; Inca y Manacor, donde el límite de equipamiento comercial es de 13.000 m² de superficie comercial; zonas turísticas donde la máxima superficie comercial del equipamiento es de 4.000 m²; otros núcleos donde se establece un límite máximo de equipamiento comercial de 1.500 m² y el resto de Mallorca, donde el límite es en superficies de 700 m² como máximo.

Los ejes principales del PECMA son fomentar el comercio de proximidad y mejorar tanto la movilidad como el paisaje urbano de Mallorca, y fija criterios para establecer un modelo territorial comercial centrado en la protección del medio ambiente, la ordenación territorial y la protección de los consumidores, con un equilibrio entre los recursos territoriales y ambientales y el desarrollo del sector comercial.


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