Economía

Huelga de pilotos de Air Nostrum esta Semana Santa

Huelga de pilotos de Air Nostrum esta Semana Santa

Actualizado el 15/04/2019 13:43                Compartir

Esta Semana Santa hay convocadas huelgas de personal de handling y de seguridad de los aeropuertos, así como de pilotos de Air Nostrum. Esta última huelga ha provocado la cancelación de 148 vuelos esta semana de la filial de Iberia. Por ello, reclamador.es da a conocer en qué casos los pasajeros afectados por estas huelgas tienen derecho a reclamar una indemnización, junto a otros derechos como reembolso del billete o transporte alternativo.

Con la llegada de la Semana Santa son muchas las personas que deciden emprender un viaje. En concreto, se espera que más de 5 millones de pasajeros pasen por los aeropuertos de Aena, repartidos en más de 32.000 vuelos. Sin embargo, varias huelgas convocadas desde el sector del transporte aéreo, amenazan con truncar las escapadas de miles de personas en uno de los periodos más importantes del año para el turismo de nuestro país. Entre ellos, la huelga de pilotos de Air Nostrum. La filial de Iberia ha cancelado 148 vuelos para los días 15,16,17, 22, 23 y 24 de abril. También de personal de seguridad y trabajadores de los servicios de tierra de los aeropuertos. Por ello, reclamador.es, explica los derechos que tienen los pasajeros que se vean afectados por una huelga de personal de aerolínea esta Semana Santa.

Comida, bebida, alojamiento y comunicaciones

En primer lugar, si el vuelo se ve retrasado por una huelga de personal propio de la aerolínea, como son los pilotos, el pasajero tiene derecho a recibir atención. Esto quiere decir, explica reclamador.es, que podrá solicitar a la compañía aérea comida, bebida, alojamiento y uso de vías de comunicación, como teléfono o e-mail sin coste económico, siempre que la demora en la salida del avión supere las dos horas.

Indemnización económica

En segundo lugar, el pasajero tiene derecho a recibir una indemnización. Pero eso sí, dependiendo del tipo de huelga por la que se haya visto afectado.

Si la huelga es de pilotos, tiene derecho a recibir una indemnización si, por consecuencia de la huelga, el vuelo sufre un retraso de más de tres horas o termina por verse cancelado. La indemnización que se puede reclamar es de 250, 400 o 600 euros, en función de la distancia del vuelo, recuerda la compañía online.

Si, por su parte, la huelga es de personal de seguridad del aeropuerto, se considera fuerza mayor y no se podría reclamar una indemnización. Si la huelga es de trabajadores de handling, hay dos casos: si el handling es de la propia compañía, es reclamable, y si el servicio lo presta un tercero (como el personal del aeropuerto), no es susceptible de indemnización.


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